Caso “Torta Frita”: huida, muerte y una absolución que genera debate

(NOTI-RIO) El 7 de septiembre de 2022, un episodio que involucró una persecución policial, un intento desesperado de huida y un desenlace fatal marcó un antes y un después en la localidad de Río Colorado. Axel Maximiliano Rodríguez, un joven conocido en la comunidad por su apodo “Torta Frita” debido a los productos que vendía en su infancia para ayudar a su familia, murió tras recibir un disparo mientras intentaba escapar de la policía y buscaba refugio en una vivienda en el barrio de Villa Mitre.

La vivienda pertenecía a Hernán Sebastián Llavel, quien, creyendo proteger a su familia de una posible amenaza, disparó desde el techo de su casa. El proyectil calibre .22 impactó en Rodríguez, causándole la muerte casi instantánea. Lo que sucedió después dividió a la comunidad y al ámbito judicial.

El contexto de los hechos

Rodríguez, de 26 años, era perseguido por efectivos policiales y, en su intento de eludirlos, saltó muros e intentó ingresar a varias propiedades. Su recorrido culminó en la casa de Llavel, donde intentó forzar dos puertas sin éxito. En el interior de la vivienda, la familia del propietario se encontraba aterrorizada. Llavel, desde el techo, efectuó el disparo fatal que puso fin a la frenética huida.

La comunidad quedó dividida entre quienes veían en Rodríguez a un joven que, aunque con antecedentes penales, y aquellos que entendían la acción de Llavel como una defensa legítima frente a una amenaza incierta.

El proceso judicial

Inicialmente, el Tribunal de Juicio de General Roca condenó a Llavel por homicidio simple con exceso en la legítima defensa, además de tenencia ilegal de arma de fuego. La sentencia consistía en dos años y seis meses de prisión condicional y el cumplimiento de reglas de conducta. Sin embargo, ninguna de las partes quedó satisfecha, y tanto la fiscalía como la defensa apelaron el fallo.

El Tribunal de Impugnación Provincial (TIP) revisó el caso y, días atrás, absolvió a Llavel al considerar que actuó en legítima defensa. Los jueces Carlos Mussi y Adrián Zimmermann, por mayoría, concluyeron que la conducta de Llavel estuvo amparada en la protección de su familia.

Argumentos a favor y en contra

La fiscalía y la querella:

El fiscal Daniel Zornitta sostuvo que no existió una amenaza real que justificara el uso del arma. Argumentó que Rodríguez no estaba armado y que no hubo agresión hacia Llavel ni su familia. Además, señaló que Llavel pudo haber optado por medidas disuasorias en lugar de disparar. Por ello, solicitó que se agrave la calificación a homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, con una pena de ocho años de prisión.

La defensa:

El abogado de Llavel, Ricardo Thompson, defendió la absolución argumentando que el disparo fue un acto de protección hacia su familia. Subrayó que Llavel actuó bajo la creencia de que Rodríguez estaba armado y representaba una amenaza inminente.

Los fundamentos de la absolución

El juez Carlos Mussi destacó que la acción de Llavel debe ser entendida en el contexto de los hechos. Indicó que Rodríguez persistía en ingresar a la vivienda, y que Llavel, con el conocimiento de los antecedentes penales del joven, no tenía otra opción viable para proteger a su familia.

Además, señaló que, aunque lamentable, la defensa ejercida por Llavel fue razonable y proporcional a la amenaza percibida. Por ello, el TIP concluyó que no se podía sostener que Llavel actuó con intención homicida, sino bajo una causa justificada de legítima defensa.

Un caso que deja lecciones

El desenlace judicial no ha logrado cerrar las heridas en Río Colorado. Para algunos, se trató de un acto legítimo de defensa en un momento crítico; para otros, una vida se perdió de manera evitable. El caso pone en el centro del debate la legítima defensa, el uso proporcional de la fuerza y la necesidad de oportunidades para jóvenes en situaciones de vulnerabilidad.

Resumen del Fallo del Tribunal de Impugnación en el Caso Llavel-Rodríguez

Contexto del Caso

El 7 de septiembre de 2022, Axel Maximiliano Rodríguez, perseguido por la policía, ingresó al patio de Hernán Sebastián Llavel. Intentó forzar varias puertas para entrar a la vivienda, generando temor en los ocupantes. Llavel, desde el techo, disparó con una pistola calibre .22, causando la muerte de Rodríguez. Inicialmente, Llavel fue condenado por homicidio simple con exceso en la legítima defensa y tenencia ilegal de arma de fuego a dos años y seis meses de prisión condicional.

La sentencia fue apelada por la defensa de Llavel, la fiscalía y la querella, resultando en la revisión del caso por el Tribunal de Impugnación Provincial de Río Negro.


Decisión del Tribunal de Impugnación

  1. Legítima Defensa Justificada:
    • Los jueces Mussi y Zimmermann determinaron que Llavel actuó en legítima defensa, considerando que:
      • Existía una agresión ilegítima, ya que Rodríguez intentó ingresar violentamente a la vivienda, donde estaban la esposa e hija de Llavel.
      • Llavel no tenía opciones menos riesgosas para proteger a su familia, dado el contexto de temor y caos percibido.
      • Aunque Rodríguez no estaba armado, Llavel actuó bajo la creencia de una amenaza inminente.
  2. Error Invencible en la Percepción:
    • El tribunal reconoció que Llavel pudo haber cometido un error al pensar que Rodríguez portaba un arma, pero lo calificó como “inevitable” dadas las circunstancias del momento.
  3. Razonabilidad del Medio Empleado:
    • Si bien hubo disparos, se interpretó que no fueron con intención homicida premeditada, sino como una reacción para proteger a su familia.
  4. Revocación de la Sentencia Anterior:
    • El fallo original fue revocado, absolviendo a Llavel de los cargos de homicidio con exceso en la legítima defensa y tenencia ilegal de arma de fuego.

Argumentos de las Partes

  1. Fiscalía y Querella:
    • Sostuvieron que no hubo justificación para el uso letal del arma, ya que:
      • Rodríguez no estaba armado ni representaba una amenaza directa.
      • Llavel podía haber usado medios disuasivos, como disparar al aire.
    • Solicitaron una condena de 8 años por homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego.
  2. Defensa de Llavel:
    • Argumentó que:
      • Rodríguez intentó ingresar violentamente a la casa, representando una amenaza para la familia.
      • Llavel actuó impulsivamente bajo presión, sin intención de matar.
      • El disparo fue azaroso y producto del caos del momento.

Resolución Final

  1. Absolución de Llavel:
    • El tribunal concluyó que Llavel actuó dentro de los márgenes de la legítima defensa, considerando las circunstancias percibidas en el momento.
  2. Costas Judiciales:
    • Las costas fueron impuestas en el orden causado.

Reflexiones del Tribunal

El caso planteó un dilema complejo sobre los límites de la legítima defensa y la percepción del peligro en situaciones de estrés extremo. Los jueces subrayaron que la combinación de los antecedentes de la víctima, la situación de caos y la amenaza percibida justificaron la reacción de Llavel.


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