Transferencias vehiculares con multas impagas: qué cambia en Río Negro

(NOTI-RIO) El Gobierno Nacional implementó modificaciones importantes en los procedimientos de los Registros del Automotor, especialmente en lo que respecta a las infracciones de tránsito impagas al momento de realizar transferencias vehiculares. Desde el año 2024, es posible transferir automóviles o motocicletas usadas sin necesidad de saldar previamente las multas pendientes. Sin embargo, esta facilidad no cancela la deuda, que continúa registrada a nombre del infractor original, pudiendo complicar futuras gestiones como la renovación de la licencia de conducir.

Con la reciente reforma del Decreto 196/2025 que modificó la Ley Nacional de Tránsito (24.449), publicada el pasado 18 de marzo, la Licencia Nacional de Conducir pasó a ser digital y sin vencimiento, requiriendo solamente una actualización periódica del estado psicofísico según la edad del titular. Esta actualización es obligatoria cada 5 años para conductores entre 17 y 65 años, cada 3 años entre 65 y 70 años, y anualmente para mayores de 70.

Sin embargo, persisten dudas sobre la gestión de las infracciones impagas en este nuevo contexto digital. Al momento de actualizar el estado psicofísico, quienes posean multas sin abonar podrían ver obstaculizado el trámite, tal como sucedía con las licencias físicas.

Fabián Pons, experto en seguridad vial y titular del Observatorio Vial Latinoamericano (Ovilam), señaló que, si bien existe una normativa nacional, las provincias y municipios poseen autonomía para definir sus propias políticas de tránsito. Esto genera variaciones significativas en la aplicación de la ley a nivel regional.

En este marco, la provincia de Río Negro se ubica entre las jurisdicciones con políticas más estrictas, al mantener la caducidad de las infracciones, tanto leves como graves, en un plazo máximo de 5 años. Este esquema, compartido por provincias como Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta y San Luis, contrasta con otras regiones como Buenos Aires, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tucumán y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde las infracciones leves caducan a los 2 años.

Por su parte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) actualizó recientemente la lista de infracciones consideradas graves, que incluyen manejar bajo efectos de alcohol o drogas, exceso de velocidad, incumplimiento de semáforos, uso del celular al conducir y falta del cinturón o casco reglamentario, entre otras.

Estas diferencias regionales en las políticas de tránsito hacen necesario que los conductores en Río Negro presten especial atención a las infracciones pendientes y a las normativas locales, evitando inconvenientes al momento de renovar su licencia de conducir digital.

Puntos Clave

  • Transferencias vehiculares permitidas sin pagar previamente multas impagas.
  • Licencia Nacional de Conducir ahora digital, sin vencimiento, con actualización psicofísica periódica según edad.
  • Infracciones impagas pueden bloquear trámites de actualización psicofísica.
  • Río Negro mantiene caducidad de infracciones leves y graves en 5 años.
  • Nueva lista de infracciones graves según la ANSV: alcohol, drogas, exceso de velocidad, incumplimiento de semáforos, uso del celular, y falta de cinturón o casco.

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