
(NOTI-RIO) Con 137 votos a favor, el oficialismo y los gobernadores cordilleranos lograron modificar el umbral de protección ambiental. La oposición denuncia “regresión institucional” y las ONG preparan una contraofensiva en la Corte Suprema.
En una sesión maratónica que terminó a las 2:30 de la madrugada y bajo la atenta mirada de Karina Milei desde los palcos, la Cámara de Diputados sancionó la reforma de la Ley de Glaciares (Ley 26.639).
El resultado -137 votos afirmativos, 111 negativos y 3 abstenciones- marca un punto de inflexión en la política extractivista de la Argentina, otorgando a las provincias la facultad de redefinir qué geoformas proteger en función de su “función hídrica”.
El corazón de la polémica: ¿Qué cambia realmente?
El cambio no es meramente semántico, sino operativo. Hasta hoy, la ley protegía de forma absoluta los glaciares y el ambiente periglacial (suelos congelados que actúan como reguladores hídricos). La nueva normativa, redactada por el Consejo de Mayo, introduce un filtro discrecional:
- Criterio de Función Hídrica: Solo se protegerán las geoformas que la autoridad local (la provincia) determine que cumplen una función hídrica “efectiva”.
- Descentralización del Inventario: Si bien el IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales) mantiene el Inventario Nacional, las provincias podrán ordenar el retiro de glaciares del listado si sus propios estudios técnicos así lo justifican.
- Habilitación Minera: El régimen de prohibiciones se relaja. Actividades mineras e hidrocarburíferas podrían instalarse en zonas antes vedadas, siempre que la provincia evalúe que no hay una “alteración relevante”.
El mapa de los votos: Federalismo vs. Ambientalismo
La victoria de La Libertad Avanza (LLA) no fue en soledad. Fue posible gracias a un bloque transversal de gobernadores que ven en la minería de litio, oro y cobre la tabla de salvación para sus arcas.
- El bloque del “Sí”: LLA sumó al Pro, la mayoría de la UCR y bloques provinciales que responden directamente a Gustavo Sáenz (Salta), Raúl Jalil (Catamarca) y Marcelo Orrego (San Juan). El argumento central, esgrimido por el cordobés Gabriel Bornoroni, fue el artículo 124 de la Constitución: “Las provincias son dueñas de sus recursos”.
- La resistencia: Unión por la Patria, el Frente de Izquierda y figuras como Miguel Ángel Pichetto y Maximiliano Ferraro rechazaron la norma. Ferraro fue tajante: “Las mineras redactaron esta ley”.
La “trampa” reglamentaria que fracturó al MID
Un momento clave fue la moción de Nicolás Mayoraz para votar el proyecto “en bloque” (general y particular a la vez). Esta maniobra impidió que se discutieran artículos críticos por separado, lo que provocó las abstenciones de Oscar Zago y Eduardo Falcone (MID). “Queríamos votar a favor en general pero modificar el artículo 3; al no poder, no nos quedó otra que abstenernos”, explicaron desde ese bloque, evidenciando fisuras en la estrategia legislativa oficialista.
Datos omitidos: El impacto en la seguridad hídrica
Lo que no se detalló con profundidad en el recinto es el riesgo técnico. Según fuentes del IANIGLA, el ambiente periglacial no es solo “hielo”; es una reserva de agua sólida que garantiza el flujo de los ríos en épocas de sequía extrema, fenómeno que el cambio climático ha intensificado.
Dato Clave: Argentina integra el Acuerdo de Escazú, un tratado internacional con jerarquía superior a las leyes nacionales que prohíbe la “regresión ambiental”. Expertos constitucionalistas consultados por este diario afirman que la nueva ley viola el Principio de No Regresión, ya que disminuye estándares de protección ya adquiridos.
La batalla que viene: Judicialización y Calle
Mientras el oficialismo celebraba, en las afueras del Congreso la jornada terminaba con incidentes entre fuerzas de seguridad y manifestantes ambientalistas. Organizaciones como Greenpeace y la Asociación de Abogados Ambientalistas ya confirmaron que llevarán el caso a la Corte Suprema.
El argumento jurídico es sólido: la ley nacional debe fijar “presupuestos mínimos” (piso de protección) que las provincias no pueden perforar. Al delegar la definición de qué es un glaciar en las jurisdicciones locales, se teme que se cree un “federalismo de fragmentación” donde cada provincia baje sus estándares para atraer inversiones.
La sanción de la reforma es una victoria política innegable para Javier Milei y una muestra de pragmatismo de los gobernadores. Sin embargo, deja una herida abierta en la institucionalidad ambiental. El Gobierno apuesta a una lluvia de inversiones mineras (proyectos como Josemaría en San Juan o Agua Rica en Catamarca dependen de estos cambios), pero lo hace al costo de una incertidumbre jurídica que, paradójicamente, podría terminar espantando a los mismos capitales que busca atraer cuando la Corte Suprema deba intervenir.

