El gobierno nacional estableció nuevos “feriados con fines turísticos” hasta 2016. Serán el 2 de mayo y 26 de diciembre de 2014, el 23 de marzo y 7 de diciembre de 2015 y el 8 de julio y 9 de diciembre de 2016, de acuerdo al decreto 1768/2013 publicado hoy en el Boletín Oficial.
En los considerandos de la nueva disposición se explica que el artículo 3 del decreto 1584 del año 2010 “instituye los feriados con fines turísticos, facultando al Poder Ejecutivo Nacional, en los casos en que los feriados nacionales coincidan con los días martes o jueves, a fijar dos feriados por año que deberán coincidir con los días lunes o viernes inmediatos respectivos”.
Asimismo, esa norma dispone que el PEN “fijará, en los casos en que los feriados no coincidan con los días martes o jueves, dos feriados destinados a desarrollar la actividad turística”.
FUNDAMENTOS
La medida -se recuerda en la argumentación- está relacionada “con permitir disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuir en el tiempo y en el espacio los movimientos de turistas y visitantes, aumentando así los efectos beneficiosos para el sector turístico, contribuyendo al desarrollo de la economía tanto nacional como regional”.
Específicamente sobre el 2016, el decreto publicado hoy explica que en el transcurso del mismo un solo feriado nacional coincidirá con un día martes o jueves, por lo que “corresponde fijar adicionalmente para ese año un feriado en un día determinado”.
En ese marco, la disposición destaca que “el 9 de julio de 2016 se conmemorará el Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la Patria, fecha cúlmine del período de festejos patrios del Bicentenario iniciado el 25 de Mayo de 2010”.
Teniendo en cuenta que el 8 de julio de ese año es día laborable, “y previéndose que con motivo de los festejos de la fecha histórica del 9 de Julio habrá una masiva movilización de habitantes, turistas y delegaciones en todo el territorio de la Nación”, el decreto establece ese día como “feriado turístico”.
FERIADOS 2014
INAMOVIBLES:
1° de Enero: Miércoles – Año Nuevo
3 y 4 de Marzo: Lunes y Martes – Carnaval
24 de Marzo: Lunes – Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
2 de Abril: Miércoles – Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
18 de Abril: Viernes – Viernes Santo
1° de Mayo: Jueves – Día del trabajador
25 de Mayo: Domingo – Día de la Revolución de Mayo
20 de Junio:Viernes – Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
9 de Julio: Miércoles – Día de la Independencia
8 de Diciembre: Lunes – Inmaculada Concepción de María
25 de Diciembre: Jueves – Navidad
FERIADOS TRASLADABLES
17 de Agosto pasa al Lunes 18 de Agosto – Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
12 de Octubre pasa al Lunes 13 de Octubre – Día del Respeto a la Diversidad Cultural
20 de Noviembre pasa al Lunes 24 de Noviembre – Día de la Soberanía Nacional
DÍAS NO LABORABLES
17 de Abril: Jueves Santo – Festividad Cristiana
24 de Abril: Jueves – Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos