En la última Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante con una comunicación enviada urgente y por la totalidad de los ediles que el Poder Ejecutivo respete la Ordenanza 1.686/15 aprobada en la sesión del día 10 de Marzo que señala que “no se autoriza la instalación de puestos de comida rápida que no tengan su domicilio legal y comercial en la ciudad de Río Colorado”.
Tampoco podrán hacerlo los “puesteros” de comida rápida que no hayan tributado con regularidad en el último año.
Además la ordenanza indica que los comerciantes locales de comidas rápidas quedan exentos de pagar los derechos de venta durante los días de festejo.
Durante el mes de febrero los comerciantes locales de comida rápida elevaron una nota al Poder Ejecutivo comunicando la aniversario 113 preocupación de la llegada de vendedores de otras localidades. En la nota indican que “en la mayoría de los municipios de la provincia por ordenanza no permiten el ingreso a comerciantes foráneos”.
De manera urgente el Concejo Deliberante a pleno envió una comunicación urgente al Poder Ejecutivo Municipal a que se abstenga de ingresar a Plaza San Martín comerciantes de comidas rápidas de otras ciudades y si ha realizado contacto con alguno de ellos, que tomen conocimiento de dicha ordenanza.