(NOTI-RIO) En una decisión en conjunto dentro de la Unidad Básica, Martín Castro fue proclamado como el candidato del oficialismo del FpV y según la Carta Orgánica en las próximas horas tendrá que dejar el actual cargo de Secretario de Obras y Servicios Públicos municipal.
Con la decisión tomada dentro del seno partidario, evitó las posibles y futuras internas y con ellos el desgaste interno.
Ahora, con el candidato puesto con tres meses de antelación, comenzarán las negociaciones con las distintas agrupaciones y sectores dentro y fuera del partido, que le permita armar la mejor lista para poder con el proyecto que inicio el actual mandatario Carlos Pilotti.
Apenas iniciado el recorrido volvieron a proponer como vice intendente a Miguel Godoy (actual secretario general) y a Osvaldo Inalaf (actual secretario de coordinación municipal).
Con los anuncios oficiales, Castro tendrá que dejar su cargo de funcionario.
Así lo establece la “maltrecha” Carta Orgánica que fue modificada y ampliada, que rige desde diciembre del 2011, que en el artículo 89. De condiciones para el ejercicio del cargo tiene las mismas inhabilidades e incompatibilidades que el Intendente. Y los funcionarios les está prohibido aceptar candidaturas a cualquier cargo electivo mientras estén en funciones, debiendo previamente pedir licencia hasta la fecha del acto eleccionario.
Cabe recordar que desde el año pasado también existe una discusión dentro del seno del Concejo Deliberante, luego que el edil Martín Castro, tomó licencia del cargo para asumir la secretaria que había dejado vacante Bruno Tonellotto, quien se sumó al gabinete provincial de Alberto Weretilneck.
Según el artículo 66. Las vacantes en el deliberante se dan en caso de renuncia, destitución, revocatoria, caducidad o fallecimiento, recién este es reemplazado por el candidato del respectivo partido que le siguiere en el orden de lista. Esto fue obviado y la banca fue remplazada por Diego Acuña (FpV).
Otro punto conflictivo similar se había dado en el mismo bloque del FpV cuando asumió la concejal Alicia Dora Franco en remplazo de María Virginia Picabea quien había pedido licencia por seis meses por maternidad y recién después renunció.
LOS ARTICULOS
Artículo 66.- VACANCIAS. En caso de renuncia, destitución, revocatoria, caducidad o fallecimiento de un Concejal, este es reemplazado por el candidato del respectivo partido que le siguiere en el orden de lista.
Artículo 89.- CONDICIONES PARA EL EJERCICIO DEL CARGO: Para acceder a la función, se sujetan a las mismas inhabilidades e incompatibilidades que el Intendente. Deben prestar juramento al asumir y presentar Declaración Jurada según Articulo 52 de la presente Carta Orgánica. Les está prohibido aceptar candidaturas a cualquier cargo electivo mientras estén en funciones, debiendo previamente pedir licencia hasta la fecha del acto eleccionario.
