Monotributistas ya pueden percibir asignaciones familiares

Las personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributistas) que tengan efectivamente abonados los pagos mensuales pueden percibir asignaciones familiares.

El monto y el tipo de asignación a percibir dependerá de la categoría a la que cada titular esté aportando.

Los trabajadores monotributistas de las categorías “B”, “C”, “D”, “E”, “F”, “G”, “H” e “I” tienen derecho a, Asignación Familiar por Prenatal, Asignación Familiar por Hijo / Hijo con Discapacidad y asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual

En tanto que los trabajadores monotributistas de las categorías “J”, “K” y “L” tienen derecho a la asignación Familiar por Hijo con Discapacidad y asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual por hijo con Discapacidad

Para percibir las Asignaciones es necesario contar con los datos del titular y el grupo familiar acreditados en las bases de ANSES, para consultar se puede ingresar en el sitio web de ANSES, con el CUIL y clave, en caso de no estar acreditados o no poder consultar por la pagina del organismo se pueden presentar en la UDAI con la siguiente documentación:

− DNI original y fotocopia del titular

− DNI original y fotocopia de los hijos/as

− DNI original y fotocopia del otro progenitor

− original y fotocopia de la partida de nacimiento de los menores

Los montos de las asignaciones son según la categoría, por caso el pago de prenatal y asignación por hijo es de 966 pesos de la categoría B a la categoría F, y es de $649 para la categoría G, de $390 para la categoría H y de $ 199 para la categoría I.

En el caso de asignación por hijo con discapacidad es de 3150 en las categorías comprendidas entre la B y la F, mientras que es de $ 2227 para los contribuyentes en la categoría G, de $1404 para las categorías desde la H hasta la categoría L.

La ayuda escolar anual es de 808 pesos en todas las categorías.

No tendrán derecho a las Asignaciones de monotributo en aquellos titulares monotributistas o el otro progenitor de los menores que se encuentren en las siguientes situaciones:

− Trabaja en Relación de Dependencia

− Percibe una Jubilación o Pensión (Contributiva o No Contributiva) sean nacionales, provinciales o municipales

− Percibe una Prestación por Desempleo

− Registra inscripción y/o Transferencia como Autónomo

− Percibe algún plan social sea nacional, provincial o municipal

− Registra inscripción y/o aportes como Personal de Casas Particulares (única excepción para el otro progenitor del menor)

− Registra inscripción como Monotributista Social

Por otra parte, cuando dentro del grupo familiar ambos progenitores estén inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y hayan cumplido con los pagos mensuales, percibirá las Asignación quien ostente la categoría más alta y por el valor de las asignaciones familiares que a éste le corresponda. En igualdad de condiciones, las Asignaciones serán cobradas por la madre.

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