La Policía puede detener a niños o adolescentes menores de edad cuando considere que están en situación de abandono, con la obligación de dar inmediata intervención a los organismos tutelares que correspondan y a sus progenitores o tutores.
Así lo resolvió el Superior Tribunal de Justicia en el fallo en el cual también advierte que las detenciones no pueden ser discriminatorias, o basadas “en el color de tez, nivel económico revelado por la indumentaria, juventud o género”.
Mediante su fallo, el STJ hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la Fiscalía de Estado en contra del hábeas corpus presentado por la defensora de Menores, Patricia Arias, por el cual el camarista –recientemente jubilado– Jorge Bustamante había ordenado el cese de esas conductas por parte de efectivos policiales.
Con el voto rector de Ricardo Apcarián, al que adhirieron Sergio Barotto, Liliana Piccinini y Enrique Mansilla, con la disidencia de Adriana Zaratiegui, el máximo cuerpo judicial recordó que la Ley 4109 de la provincia otorga a los órganos judiciales creados al efecto una nueva forma de intervenir y de dar respuesta a las situaciones de riesgo y abandono en las que pueda hallarse un niño, concibiéndose la violación de sus derechos como una vulneración de los derechos humanos.
Sostiene Apcarián que el funcionario o auxiliar de policía que haya practicado la aprehensión de un joven, deberá comunicarla inmediatamente a los padres o responsables, como también al órgano técnico proteccional, indicando el motivo de la aprehensión, el lugar de alojamiento o dónde será conducido.
Además, cita que al final del artículo 9, la ley orgánica de la Policía otorga a esa institución las facultades para proceder con esas intervenciones. “En todos aquellos casos en los que el personal policial en uso de sus facultades y en ejercicio de sus funciones tome contacto con niños, niñas o adolescentes debe en forma inexcusable y de manera inmediata dar fehaciente aviso al organismos proteccional a los fines de resguardar los derechos de los mismo”, dice la ley de la Policía.
El magistrado, acompañado por la mayoría del STJ, afirma que el accionar policial “debe proteger al menor involucrado, cumpliendo con la finalidad de dar seguridad” y agrega que “la policía no ejerce una función represiva, y precisamente en razón de ello, se prevé la inmediata participación al organismo proteccional”.
Apcarian indica que “las prácticas policiales en la temática tienen carácter excepcional y sólo se justifica cuando las circunstancias pongan el peligro su integridad física o la de terceros”.
Además concluye que de la lectura de la presentación de la defensora Patricia Arias y de la sentencia de Bustamante no se advierte corte alguno a la libertad ambulatoria de los menores que respondan a motivos ilegales, arbitrarios o inconstitucionales.
Aclara el juez que todo lo dicho no “importa sostener la validez de todo actuar policial. Por el contrario, toda medida que se decida realizar, para resultar legítima, debe cumplir con la finalidad” para la cual se le otorgaron sus facultades. “La policía no debe discriminar”, advierte.
Los antecedentes
del fallo judicial
En noviembre del 2015, la Cámara en lo Criminal de Viedma, presidida por el juez Jorge Bustamante, hizo lugar a una acción de hábeas corpus preventivo colectivo, en favor de los menores de 18 años.
El pedido surgió luego de que la defensora de Menores e Incapaces Nº 2, Patricia Arias, tomara conocimiento de diversas detenciones a menores de edad.
En marzo de este año, la procuradora Silvia Baquero Lazcano dictaminó a favor del Habeas Corpus.


POR ESTAS PELEAS SIN FUNDAMENTOS, POR LOGRAR UN PUESTO, POR PROMESAS QUE NUNCA CUMPLEN.
VOTEN LA PROPUESTA DEL “FLACO RIVERA”
VECINOS, digame….los candidatos que quieren ser diputados, vinieron 6 meses antes a preguntarnos que necesitamos para elaborar un proyecto?
Ud sabia que nuestra legislatura cuesta 70 millones por año?
Estimado, lo que esta gente busca es un puesto, no un frente para reclamar por nuestros intereses.
Hace 3 años que reclamo por un Mamógrafo para mas de 8000 mujeres, y siempre hay que esperar que por lastima venga alguna multinacional para realizarlo.(AVON)
Dos años de espera y vale 1 millón!!!!
Es por eso que le dejo este “VOTO” para que sea ANULADO. Ese es el objetivo, la ANULACIÓN DEL VOTO les explota en la cara porque es un VOTO CASTIGO, les muestra que a ellos así no los queremos. Mas aun, que primero cumplan con deseos y necesidades del pueblo, y entonces los votaremos ne las próximas elecciones.
YO EL FLACO RIVERA SERÉ LA VOZ DE LOS QUE TIENEN V
OZ.
VECINOS, hable con su almohada, con su pariente, con su vecino…y en silencio, agarre esta simple anulación de voto y metaselos en….la urna.
CAMBIEMOS EL VOTO POR:
1 – MAMÓGRAFO
2 – SILLONES ODONTOLÓGICOS
REBAJA DE UN 50% EL SUELDO DE LOS POLITICOS
ASI LOGRAREMOS UNA UNIDAD CIUDADANA Y CON EL TIEMPO UN 1 PRIMER PAÍS
SI CUMPLEN EN LAS PRÓXIMAS LOS VOTAMOS
vamos todos juntos que se puede