El Juez de Control de esta ciudad, Alvaro José Reyes, condenó a Ovidio Dionisio Sampieri, Juan Marcelo Vicenz y Gustavo Ariel Wendel, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por el delito de robo agravado por su comisión en despoblado, por haber sustraído petróleo en crudo del oleoducto situado a la altura del kilómetro 807 de la ruta nacional 22, zona rural jurisdicción de la localidad de La Adela.
En esa misma sentencia -dictada el 4 de abril de este año- el magistrado dispuso como condición para mantener en suspenso la ejecución de la pena privativa de libertad que se les impusiera, que los condenados cumplan durante el término de tres años las siguientes reglas de conducta: fijar residencia, y abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas (artículo 27 bis, incisos 1 -primera parte- y tercero del Código Penal).
De acuerdo al informe brindado por la Oficina de Prensa de la fiscalía local, los imputados Juan Marcelo Vicenz, Ovidio Dionisio Sampieri y Gustavo Ariel Wendel -todos con el patrocinio legal del Defensor General Hugo Luis Vercellino-, e intervención del Ministerio Publico Fiscal a través de Juan Bautista Méndez, solicitaron oportunamente la posibilidad de trámite de juicio abreviado, lo que fue declarado admisible en la audiencia correspondiente.
Allí surgió como propuesta y como resultado del acuerdo arribado entre los nombrados, la imputación del delito de robo agravado por ser cometido en despoblado, en los términos de lo establecido en el artículo 167 -inciso 1- del Código Penal y, la pena de tres años de prisión en suspenso, con las reglas de conducta durante ese mismo tiempo ya mencionadas y previstas en el CP.
El hecho.
A los tres condenados se los responsabiliza por haber sustraído aproximadamente 18 metros cúbicos de petróleo, utilizando una conexión clandestina del oleoducto situado sobre el kilómetro 807 de la ruta nacional 22, a la altura de las líneas uno y dos del tramo Allen (Río Negro) hasta Puerto Rosales (Punta Alta, Buenos Aires), en jurisdicción de la localidad de La Adela, perteneciente a la empresa Oldeval SA. Fue cargado en el camión Mercedes Benz -propiedad de Transporte Botto-, conducido en la eventualidad por Daniel Aníbal Bonomi. Hecho registrado antes de las 5 del 25 de mayo del año pasado.
Asimismo se le atribuye a Ovidio Dionisio Sampieri una colaboración sin la que no hubiera podido consumarse el hecho, consistente en el aporte de una soldadora marca “Honda” que se utilizó para efectuar la conexión, herramienta que el día anterior alquiló en el comercio denominado “Bulonera Patagónica” de la ciudad de General Roca (Río Negro), y de una camioneta Ford que el día anterior recibió de Juan Marcelo Vicenz, vehículo que a su vez éste alquiló a Héctor Castro, habiendo dejado abandonados en el lugar del hecho tanto el vehículo como la herramienta antes señalada. -FUENTE DIARIO LA ARENA-
