Las obras de ampliaciones para el servicio de energía es una incógnita

(NOTI-RIO) Desde hace meses la comunidad a través de las distintas juntas vecinales vienen reclamando por todos los medios ampliaciones y mejoramiento de alumbrado de todos los espacios públicos, para colaborar a una mayor seguridad de los habitantes.

A pesar del tiempo transcurrido, aún se continua esperando una respuesta concreta en beneficio de la comunidad, debido a que la municipalidad  y la cooperativa eléctrica se disputan de quien es la responsabilidad final de llevar a delante las obras necesarias, por tener controversias entre el convenio original de concesión firmado en 1968 y el que esta en vigencia desde el 2006.

Hasta el momento la C.E.A.R.C., posee la concesión para la administración y cobro de la energía que cuenta con unos 6.000 medidores en viviendas, comercios e industrias de la localidad.

Para la facturación del gasto del alumbrado publico, al no existir medidores que controlen el real consumo en las calles, paseos públicos estc. Esto se realiza mediante una tasa por servicio del alumbrado público sancionada por ordenanza, que cuenta con una serie de variantes en una tabla, dividida en seis categorías.

En la determinación del monto a tributar bimestralmente se establecieron valores que van de los 2 pesos a los 8 pesos, que toma el consumo de la electricidad en Kw. emitida por las ocho clases de lámparas instaladas.

En la actualidad en Río Colorado se encuentran 1.610 lámparas instaladas, suman una potencia total de 301.405 Kw., que se encuentran encendidas 11.786 horas diarias.

Según se refiere que los valores fijados en la tasa, cubriría el gasto utilizado y el monto restante se tendría que volcar a las ampliaciones del servicio.

En la ordenanza vigente 1078/06, manifiesta que la municipalidad transfiere a la C.E.AR.C. La prestación, mantenimiento y persepsion de la tasa correspondiente, donde todas las ampliaciones mejoras o extensiones de obras serán responsabilidad de la comuna, donde debe afrontar el costo inicial de energía para el sistema, gastos de mantenimiento (materiales y mano de obra), reposición y recambios de artefactos y conductores.

Por su parte la administradora tendrá como obligación la manutención de plazas, paseos públicos e informara periódicamente al municipio, lo facturado y recaudado. Estos puntos está siendo investigado por el ejecutivo debido que desde hace mucho tiempo esta siendo incumplido.

Mientras que el contrato original firmado entre las partes protocolizada el 4 de enero de 1968, subscribe entre sus artículos que la municipalidad constatará, determinará y requerirá a la concesionaria las futuras ampliaciones del servicio, donde todos los gastos de instalaciones y accesorios correrán por parte de la C.E.A.R.C.

A diario se pueden escuchar quejas de la comunidad por la oscuridad reinantes en la vía pública y en sectores que existen los respectivos artefactos lumínicos.

Dentro de las obligaciones una de las cláusulas  que nunca fue puesta en vigencia es que refiere que si una o más lámparas permanezcas apagadas por más de veinticuatro horas se le aplicará una multa diaria.

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