En la Cámara de Diputados fue aprobado el proyecto de Ley realizado por la Comisión de Legislación Penal, que propone tipificar en artículos especiales el homicidio culposo y las lesiones culposas producidas en razón de la conducción de un automóvil para los cuales se prevén penas mínimas más elevadas en un sistema de agravantes para determinadas circunstancias. El proyecto que se aprobó incorpora dentro del Capítulo de Delitos contra las Personas del Código Penal, como artículo 84 bis para el homicidio culposo ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta, o antirreglamentaria de un vehículo automotor, con agravantes por estupefacientes, alcohol en cantidades considerables, velocidad cuando su exceso sea muy por encima de la permitida, la fuga del autor luego de cometido el hecho y la no prestación de auxilio a la víctima. Con idéntico criterio se estipularon los agravantes para las lesiones culposas incorporando el 94 bis. Hoy para conducir el límite permitido de alcohol es de 0,5 gramos por litro de sangre. Su consumo por encima de este límite claramente encuadra en conducción antirreglamentaria, por lo que está receptado por la ley. Sin embargo, hubo consenso en crear un agravante para cuando esta conducta antirreglamentaria llegara a otro límite, que es necesario volcar en la ley, que se vio traducido en este texto en 1 gramo por litro de sangre, para lo que se estipula una pena en el caso del homicidio de 3 a 6 años, y para las lesiones de 10 meses a 3 años.
La idea del agravante por exceso de velocidad, se pensó para casos en los que la falta por exceso de velocidad sea considerablemente mayor a la permitida. Por ello se llegó a 50km por encima de la permitida, que representa una decisión política que marca otro límite de las conductas que este Estado no va a tolerar.
El diputado rionegrino Oscar Albrieu (FpV) concluyó “Esta iniciativa es una expresión más de un Estado involucrado con las víctimas, presente en la persecución de todas aquellas conductas que generan un grave daño en nuestra sociedad, que aqueja a quienes no encuentran justicia, y padecen día a día la impunidad de un sistema de justicia, que aún quizás no comprende la magnitud de estos casos, y de una sociedad que lamentablemente aún tolera este tipo de conductas, pero que por fortuna cada vez menos, en cierto modo por el trabajo que todas las organizaciones que nos acompañaron en esta redacción vienen haciendo todos los días de su vida”.
Este dictamen ha considerado la media sanción venida en revisión del H. Senado CD-0184/11 (29/06/2011), y se han tenido a la vista los proyectos de los señores legisladores Comelli, Martinez E., Bianchi I, Kosiner, Guzman, Pucheta, Videla, Granados, Michetti, Tomas, Milman, Albrieu, Gonzalez N, Donkin, Martínez (S), y Barrandeguy.