Como hacer la transferencia de dominio de un auto, moto o maquinaria

En caso de compra-venta, sucesión o donación de un auto, moto o maquinaria agrícola (vial o industrial), tenés que transferir la titularidad del vehículo. Este trámite es conocido como transferencia de dominio, participan ambas partes (o sus representantes legales y apoderados) y se hace por escritura pública.

Tenés 30 días hábiles para hacer el trámite. Si no lo hacés, se decretará la prohibición de circular para el rodado y su pedido de secuestro.

¿Qué necesito?

1.- Documento identificatorio del comprador y vendedor (y de sus cónyuges, si se trata de un bien ganancial).

Si sos argentino: DNI (LC o LE hasta el 1 de abril de 2017; sin fecha tope de vencimiento si tenés más de 75 años).
Si sos extranjero sin residencia: pasaporte; con residencia permanente: DNI; de países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte.
La constancia de Documento en trámite no acredita identidad.
2.- Constancia de CUIT o CUIL del comprador, emitida por AFIP o ANSES. O bien: CDI del comprador a través de Formulario de Declaración Jurada Nº 663 o Formulario 622 de AFIP.

3.-Título de propiedad y cédula del vehículo (ex cédula verde).

4.- Formulario 08: Es gratuito si comprador y vendedor (y sus cónyuges, en caso de corresponder) certifican las firmas en el Registro, en el momento de hacer el trámite. Si no es así, tienen que estar certificadas por Escribano público.

5.- Formulario 13 único: los tiene el Registro, se hace firmar por el representante cuando se liquidan impuestos o multas. Se entrega un ejemplar al solicitante.

6.- Declaración Jurada del comprador sobre si es persona expuesta políticamente, con firma certificada por escribano público si no concurre en persona al Registro. Si el monto de la compra supera los $900.000.- deberá probar la procedencia del dinero utilizado para la adquisición de forma fehaciente.

7.- Para automotores y motos valuados en $100.000 o más: Certificado de Transferencia Automotor (CeTA.) tramitado por el vendedor en AFIP.

8.- Si existe prenda: constancia (carta documento o telegrama colacionado) de haber comunicado la transferencia al acreedor prendario. Lo mismo vale si el vehículo está inscripto en contrato de leasing.

9.-Verificación en Solicitud Tipo 12: Es obligatoria para automotores inscriptos inicialmente a partir del 01/01/85, motovehículos importados a partir del 01/01/1994 y los nacionales de más de 125 CC a partir de esa misma fecha.

10.- Sólo para maquinarias: Formulario 381 de AFIP.

¿Cómo hago?

1.- Si bien no es obligatorio, es recomendable conocer la situación registral del vehículo, vale decir: si tiene embargos, inhibiciones judiciales, denuncia de robo, etc. Para eso se hace el trámite Solicitar un informe de dominio del automotor. Lo puede realizar cualquier persona mayor de 18 años con su D.N.I.

Si estás apurado, podés solicitar un informe de dominio del automotor con carácter urgente y lo obtenés en el día.
Si vos sos el comprador, otra opción es pedirle al vendedor que te entregue un Certificado de dominio del automotor, que es un trámite que sólo él o las autoridades judiciales pueden hacer.
2.- Una vez que tengas el informe de dominio, corresponde hacer la verificación policial del vehículo en una de las plantas verificadoras habilitadas de la Policía Federal y Gendarmería Nacional. Este trámite es obligatorio para los rodados inscriptos por primera vez a partir del 1° de enero de 1985, para motovehículos importados a partir del 01 de enero de 1994 y nacionales de más de 125 CC. Te sirve para saber si el motor y el chasis tienen la misma numeración y si todo está en regla.

Para hacer este paso no necesitás turno previo, ya que atienden por orden de llegada con el vehículo, y no requerís de gestores ni de terceras personas.

En la planta verificadora te van a pedir:

Cédula del rodado (si está vencida debe concurrir necesariamente el titular).
DNI (si sos argentino o extranjero con residencia permanente) o Pasaporte (si sos extranjero sin residencia).
Formulario 12: te lo venden y completan en la misma planta y tiene una validez de 150 días hábiles. Conservalo para presentarlo luego en el Registro, con toda la documentación exigida (ver paso 4).
3.- Optá por el Registro donde radicar el vehículo: puede ser el mismo donde ya está radicado u otro más cercano al domicilio del comprador o su lugar de guarda. Para conocer la ubicación de los Registros Seccionales, consultá en este enlace de la DNRPA.

4.- Presentá la documentación en el Registro elegido.

Costo

Consultá los aranceles.

Asistencias necesarias

Deberías asistir dos (2) veces para:

Presentar la documentación requerida.
Retirar la cédula del vehículo y el alta impositiva de rentas.
Tiempo de entrega

A partir de las 48 horas, si no existen observaciones.

Observaciones

Si querés obtener una constancia de la fecha de transferencia de un titular a otro, con los datos del domicilio de ambas partes, podés cumplir con este trámite: Solicitar el Certificado de transferencia de auto, moto o maquinaria.

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