Río Colorado: La liquidación de los sueldo divide a los funcionarios y genera internas dentro de los partidos

(NOTI-RIO) La percepción de los sueldos mensuales de los funcionarios de turno, ha generado una grieta insalvable entre los ediles de la oposición, el Ejecutivo y ahora llamativamente, se sumaron las disputas internas dentro de la UCR y el FpV a partir de una posición totalmente diferente de sus representantes en el Tribunal de Cuentas.

 

Incluso, en tanto revuelo podrían estar existiendo algunas irregularidades con la aplicación de algunas normas legales que se superponen y se contradicen entre la Carta Orgánica Municipal (COM), ordenanzas, resoluciones y reglamentos internos.

 

Vale decir que el Concejo Deliberante, con los votos del FPV y la UCR congelaron los aumentos, que según el art. 124 de la COM,  se actualiza con el salario mínimo, vital y móvil.

 

Anteriormente el Ejecutivo resolvió atar los aumentos de los funcionarios a los incrementos otorgados a los empleados municipales.

 

Todo derivó en la judicialización por parte del Ejecutivo de la norma emitida por el Concejo Deliberante.

 

En las últimas horas se conoció que dos integrantes del Tribunal de Cuentas, Pablo Mele (FpV), Miguel Bagolle (UCR), además del  secretario del cuerpo, Andrés Geertsen, le  exigen al jefe comunal que les abonen los haberes como lo establece estrictamente la Carta Orgánica, desconociendo tanto la ordenanza sancionada como la resolución del intendente.

 

Esto plantea un clara contradicción entre los ediles opositores quienes plantean un congelamiento de haberes y dietas, y los representantes de sendos partidos en el Tribunal de Cuentas que sostienen que se apliquen los aumentos que establece la COM.

 

En el medio, se pudo saber que el Cuerpo Contralor  también estaría incumpliendo sus deberes, porque en 20 meses de funciones nunca presentó al Deliberante los informes trimestrales como está establecido en las normas vigentes.

 

A la vista quedó que dentro de los partidos de la oposición, no existen acuerdo en los pasos a seguir, poco diálogo entre ellos y posturas diametralmente opuestas a la hora de percibir sus dietas.

 

                        SE ABONAN DIETAS A OCHO CONCEJALES

 

Entre estas idas y vueltas,  también quedó expuesto que el bloque mayoritario del Frente para la Victoria, que impulsó el congelamiento de los sueldos y exige achique del personal político, nada dicen que la concejal  Marisa López, quien ha solicitado licencia por enfermedad, continua normalmente percibiendo cada mes sus dieta. Su banca fue ocupada por Claudio Moyano.

 

En ese punto, el cuerpo Deliberativo en pleno también estaría violando la Carta Madre, porque el corrimiento de lista, para que asuma el siguiente concejal, está claramente estipulado en su artículo Nro. 66, que establece que las vacancias se dan únicamente “en caso de renuncia, destitución, revocatoria, caducidad o fallecimiento de un Concejal, este es reemplazado por el candidato del respectivo partido que le siguiere en el orden de lista”. No se ha producido ninguna de estas razones para permitir el corrimiento de lista.

 

En este tire y afloje el que sigue perdiendo es el contribuyente, que esperan la transparencia tantas veces anunciadas en los micrófonos.

 

Cabe recordar que desde inicio de año los bloques de la UCR (Francisco Grill, Fabiana Bernuzi)  y el FpV (Miguel Godoy, Alicia Franco y Claudio Moyano) enfatizaron la necesidad de reducir los costos de la planta política y por ello, sancionaron por mayoría, que luego fue ratificada tras el veto del intendente, una ordenanza  donde se congelaban haberes y dietas de toda la planta política municipal, suspendiendo a su vez todos los adicionales que se liquidan a los funcionarios electos y designados..

 

Esa nueva ordenanza pasa por arriba, dejando sin efectos el artículo 124, de la Carta Orgánica, puesta en vigencia en 2011, en el inicio de la gestión de Carlos Pilotti (FpV), que fija las remuneraciones y retribuciones de los funcionarios.

 

Sin embargo, bien saben los concejales que una ordenanza por sí misma no puede modificar la Carta Orgánica Municipal. Tampoco lo puede hacer el intendente vía resolución.

 

Si bien todos los actores involucrados aceptan que el artículo 124 de la COM es negativo para la la administración municipal y para la ciudad toda, nadie ha emprendido seriamente el camino de su modificación. Enmienda ratificada por referendum, como bien claro lo establece la Carta Orgánica Municipal, sobre la cual todos juran al momento de asumir pero luego prefieren los atajos según convenga.

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