
El tope de facturación para permanecer en el monotributo y el aporte en cada una de las categorías aumentarán en enero próximo.
El techo para la facturación para permanecer en el monotributo y el aporte en cada una de las categorías tendrán desde enero de 2020 un alza de poco más del 51%, según trascendió este lunes.
Si se realiza una actividad de prestación de servicios, el ingreso máximo anual para ingresar y permanecer en el régimen impositivo simplificado será de aproximadamente $1.739.261, un promedio de $144.938 mensuales. En la actualidad, ese tope es de $1.151.000, pero los contribuyentes se quejan porque la inflación disparó los precios y es cada vez más difícil mantenerse en ese régimen simplificado.
En sector del comercio la facturación anual admitida será de hasta $2.608.892 y un promedio de 217.408 mensuales.
Las actualización surge al aplicar la ley 27.346, que establece que las variables del esquema del monotributo se actualizan una vez por año, en un porcentaje equivalente al aumento acumulado en el período anual previo por los haberes jubilatorios del sistema nacional.
Por la actualización que se aplicará, la categoría “A” admitirá el año próximo a quienes facturen no más de $208.711 en doce meses, mientras que para las categorías “B” y “C” las cifras serán de $313.067 y de $417.423, respectivamente.
En la categoría “A”, la más baja, el aporte mensual total, subirá a $1.955,4, en la “B” de $2186,5; en la “C” el importe del componente impositivo comienzan a diferenciarse según se trate de actividad comercial o de servicios, y en el primer caso el total a pagar cada mes de 2020 será de casi $2.500, y en el segundo, de $2.457.
El pago con destino a la prestación de salud será en todos los casos de $1.041,1 por persona beneficiaria, mientras que el aporte jubilatorio se paga en función del nivel de facturación.
También se modificará el valor de los alquileres devengados en un año para desarrollar la actividad económica y el tope vigente para las categorías más altas, será de $313.067.
La nueva tabla de valores regirá desde de enero y será la que habrá que observar para el trámite de recategorización que habrá que hacer, en caso de corresponder, en ese mismo mes.
Los contribuyentes deberán observar en función de la facturación y de las otras variables contempladas en el monotributo si están en la categoría que les corresponde.
CATEGORÍA A: el aporte mensual total subirá a $1955,4 ($168,9 de impuestos, $745,4 de aporte jubilatorio y $1041,1 de aporte para el servicio de salud)
CATEGORÍA B: el aporte mensual subirá a $2186,5 ($325,5 de impuestos, $819,9 de aporte jubilatorio y $1041,1 para la obra social)
CATEGORÍA C: el importe del componente impositivo comienzan a diferenciarse según se trate de actividad comercial o de servicios. El total a pagar cada mes de 2020 será de casi $2500 y en el segundo, de $2457.
El pago con destino a la prestación de salud será en todos los casos de $1041,1 por persona beneficiaria. El aporte jubilatorio se diferencia en función del nivel de facturación: el monto se incrementa 10% en cada categoría.
En cuanto el valor de los alquileres: sobre los inmuebles el tope vigente para las categorías más altas, será de $313.067.
Estas cifras se ubican por segundo año consecutivo por debajo de la inflación, aunque esta vez se achicará la brecha respecto de lo ocurrido en este 2019. Las facturaciones topes se elevaron solo un 28,46% respecto de 2017, mientras que el índice de precios al consumidor había acumulado en 2018 un alza de 47,6%.
Es importante observar la tabla de valores que regirá desde el mes de enero porque permitirá observar el trámite de recategorización que habrá que hacer, en caso de corresponder, en ese mismo mes.
