Hostigamiento y abuso comercial: condenan a empresa de seguridad a indemnizar a una vecina de Río Colorado

(NOTI-RIO) En Río Colorado, una vecina decidió contratar un sistema de alarmas para proteger su hogar, pero lo que parecía ser una solución terminó convirtiéndose en un calvario. La mujer había consultado previamente con la empresa encargada sobre la compatibilidad del sistema con la presencia de su perro, y recibió la garantía de que los sensores no se verían afectados por el movimiento del animal.

Sin embargo, cuando un técnico acudió a su domicilio para realizar la instalación, informó que los sensores detectarían los movimientos del perro, lo que invalidaba la utilidad del sistema para su caso. Ante esta situación, la clienta decidió rescindir el contrato de inmediato. La empresa ofreció como alternativa un sistema perimetral, que no satisfacía sus necesidades, y a pesar de no haber recibido el servicio solicitado, le cobraron un mes de servicio a través de su tarjeta de crédito. Posteriormente, la empresa devolvió ese importe, pero la historia no terminó allí.

A partir de ese momento, la mujer comenzó a recibir constantes llamadas, mensajes de texto, correos electrónicos e incluso comunicaciones de una agencia de cobro que actuaba en nombre de la empresa. En estas comunicaciones, se le exigía el pago de una supuesta deuda y se incluían amenazas de iniciar acciones judiciales y embargar sus bienes, lo que generó un estado de temor y angustia en la demandante.

El caso llegó al ámbito judicial en la localidad de Choele Choel. La mujer presentó pruebas contundentes, incluyendo mensajes amenazantes enviados a su teléfono móvil, cuya autenticidad fue corroborada por peritos. Además, testimonios de terceros y un informe de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) confirmaron que la cliente había intentado resolver el conflicto de manera extrajudicial sin obtener resultados.

La jueza que atendió el caso concluyó que la empresa de seguridad incumplió con el deber de información al momento de la contratación y, posteriormente, incurrió en una práctica comercial abusiva al insistir en el cobro de una deuda inexistente. La falta de colaboración de la empresa para justificar sus reclamos reforzó la decisión judicial.

Indemnización millonaria y medidas correctivas

El fallo establece que la empresa de seguridad deberá indemnizar a la mujer con una suma de tres millones de pesos más intereses por el daño moral y patrimonial causado. Asimismo, se ordenó a la empresa cesar de inmediato el hostigamiento hacia la demandante, garantizando que no se repitan prácticas similares en el futuro.

Un precedente importante para los derechos del consumidor

Este caso, ocurrido en Río Colorado, sienta un precedente significativo en la defensa de los derechos de los consumidores, destacando la importancia del cumplimiento del deber de información por parte de las empresas y el respeto a los clientes. Además, pone de relieve el rol fundamental de los organismos de defensa al consumidor y de la justicia para combatir prácticas abusivas y garantizar la reparación de los daños ocasionados.

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