
(NOTI-RIO) Un joven de La Adela fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por los delitos de tenencia y distribución de pornografía infantil, en el marco del artículo 128 del Código Penal y de la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
La sentencia fue dictada por el juez de control Diego Asin, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado presentado por la fiscala Paula Soledad Duscher, el defensor oficial Marco Mezzasalma y el imputado, que reconoció su responsabilidad penal.
De acuerdo con lo probado en la causa, los hechos ocurrieron entre fines de junio de 2023 y febrero de 2024. Durante ese periodo, el condenado almacenó material de pornografía infantil en dispositivos electrónicos y lo distribuyó en reiteradas ocasiones a través de redes sociales como Instagram, utilizando distintas identidades digitales.
La investigación también detectó que el joven participó en conversaciones de contenido sexual con un menor de edad en la plataforma Discord. En esos intercambios, surgió la vinculación con una cuenta de correo electrónico de Gmail utilizada por el imputado. Las maniobras fueron rastreadas a través de la dirección IP asociada al servicio de internet de la localidad de La Adela.
La Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires colaboró con la recolección de pruebas, aportando tres reportes técnicos que fueron fundamentales para el avance del proceso judicial.
Como parte del fallo, se dispuso que el condenado deberá cumplir una serie de condiciones durante dos años: fijar residencia, someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse del consumo de estupefacientes y del abuso de alcohol, y realizar un tratamiento psicológico. En caso de incumplimiento, la pena podría hacerse efectiva.
El joven condenado fue identificado como Nicolás Antonio Muñoz, de 25 años, con domicilio en la localidad de La Adela.
En el legajo penal se dio por acreditado que Muñoz, domiciliado en La Adela, entre fines de junio de 2023 y principios de febrero de 2024, “mediante la utilización de dispositivos de almacenamiento, y luego de contar con contenido de pornografía infantil a través de redes sociales (Instagram), distribuyó el material obsceno señalado en reiteradas ocasiones a distintos usuarios del país y del extranjero” bajo distintos usuarios.
“También se pudo establecer una relación con un correo electrónico de Gmail, señalado en una conversación en la red de mensajería Discord, donde el imputado mantuvo un chat de contenido sexual con un menor de edad”, se detalló en el fallo.
“Dichas maniobras se registraron bajo IP” de una empresa que brinda el servicio de internet en aquella localidad, “información que fue detallada en tres reportes que oportunamente fueran remitidos por la Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, agregó Asin.
A través de la sentencia se homologó un acuerdo de juicio que presentaron conjuntamente la fiscala achense Paula Soledad Duscher, el defensor oficial Marco Mezzasalma y el imputado, quien admitió su responsabilidad en los hechos.
En los abreviados, los jueces y juezas no pueden imponer penas más severas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal, porque así está establecido en el Código Procesal Penal de La Pampa.
Las partes convinieron además que Muñoz deberá cumplir con las siguientes pautas de conducta durante dos años, ya que si no lo hace la pena en suspenso pasaría a ser efectiva: a) fijar residencia, b) someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, c) abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas, y d) realizar un tratamiento psicológico.
