
(NOTI-RIO) La Secretaría de Fauna de la provincia oficializó la apertura de la actividad cinegética. Con un enfoque puesto en el control de especies exóticas invasoras y la seguridad pública, la normativa establece límites estrictos y nuevos controles para el uso de perros.
La provincia de Río Negro ha dado inicio formal a la Temporada de Caza Deportiva 2026, una actividad que año tras año genera tanto interés deportivo como debate ambiental.
A través de una nueva resolución, las autoridades buscan equilibrar la práctica recreativa con la necesidad biológica de controlar poblaciones de especies no nativas que afectan el ecosistema patagónico.
El período general de caza se extenderá desde el 9 de marzo de 2026 hasta el 15 de febrero de 2027, aunque existen excepciones importantes según la especie y la modalidad, especialmente en lo que respecta a la caza mayor de jabalí.
El control de especies invasoras: un eje central
Uno de los puntos clave de esta temporada es el tratamiento de especies como el jabalí europeo, el ciervo colorado y la liebre europea.
Al ser consideradas especies exóticas invasoras, su caza no solo tiene un fin deportivo, sino también de manejo ambiental para proteger la flora y fauna autóctona.
Por ello, la normativa permite el raleo y control de ciervos durante todo el año en establecimientos autorizados (cotos), mientras que para otras especies se fijan cupos diarios para evitar la sobreexplotación del recurso.
Nuevas exigencias para la “caza con jauría”
La modalidad de caza de jabalí con perros es una de las más reguladas en esta edición.
El período para esta práctica es más corto (finaliza el 31 de octubre) y se han endurecido las condiciones de bienestar animal y seguridad.
El traslado de los canes debe realizarse en vehículos acondicionados que impidan su descenso accidental o no autorizado, y por primera vez se menciona la obligatoriedad futura de microchips para la identificación de los animales.
Calendario y Cupos de Extracción
Temporada General: 9 de marzo 2026 al 15 de febrero 2027. Caza de Jabalí con perros: Únicamente del 9 de marzo al 31 de octubre 2026.
Límites diarios por cazador:
- Paloma Torcaza: Hasta 10 piezas.
- Liebre Europea: Hasta 10 piezas.
- Jabalí Europeo: Hasta 4 piezas.
- Codorniz Californiana: Sin límite (todo el año).
- Conejo Silvestre: Sin límite (todo el año).
- Ciervo Colorado/Dama: Todo el año (solo raleo en cotos y fines comerciales).
Trámites y Documentación Obligatoria
Para obtener la Licencia y Permiso, el interesado debe presentar:
- Formulario C-01 SFS: Por triplicado, con firma certificada por la policía y visado por la Sociedad Rural o municipio correspondiente al campo de caza.
- DNI: Fotocopia con domicilio real actualizado.
- CLU (Credencial de Legítimo Usuario): Fotocopia de tenencia y transporte de armas vigente.
- Certificado de Antecedentes Penales: Emitido por el Registro Nacional de Reincidencia.
- Libre Deuda: No poseer multas pendientes con la Subsecretaría de Fauna Silvestre.
- Comprobante de pago: Depósito original del valor de la licencia.
Nota: Para excursiones de más de 24 horas, es obligatorio portar el Formulario C-02-SFS con certificación policial.
Reglas para el uso de Perros
La normativa de este año es estricta respecto a los canes:
- Cantidad: Mínimo 3, máximo 8 perros por grupo de operadores.
- Identificación: Se debe declarar el número de canes y, en un plazo de dos años, será obligatorio el uso de microchips según la Ley S Nº 4043.
- Transporte: Prohibido trasladar perros sueltos en cajas de camionetas sin la debida protección que asegure que no puedan saltar del vehículo.
- Salud: Se requieren certificados de salud vigentes para los animales.
Seguridad y prohibiciones vigentes
Las autoridades recordaron que está estrictamente prohibida la caza de cualquier especie que no figure explícitamente en el listado de la resolución. Asimismo, se mantiene la prohibición de:
- Cazar en caminos públicos y zonas ejidales.
- Cazar en horas de la noche (excepto modalidades específicas autorizadas para jabalí).
- El uso de luces artificiales (reflectores) sin permiso especial.
- Disparar desde vehículos o hacia zonas urbanas.
El incumplimiento de estas normas puede resultar en el decomiso de las piezas, el secuestro preventivo de las armas y vehículos, y multas económicas severas, además de la inhabilitación para cazar en todo el territorio nacional a través del sistema interjurisdiccional.
Para más información: Los interesados pueden dirigirse a las delegaciones del Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo de Río Negro o consultar en la web oficial de la provincia.
