Los hermanos Soria tienen que devolver lo que cobraron por el seguro de vida de su padre

Así lo determina el juez de Instrucción Penal de Viedma, Favio Igoldi en la resolución emitida durante este miércoles, en la investigación que lleva adelante por el pago del Seguro de Vida a los hermanos Soria, por la muerte de su padre Carlos Soria, ex gobernador de la provincia de Rio Negro.
María Emilia y Martín Soria dos de los 4 hermanos

En sus fundamentos el juez explica que el procedimiento y mecanismo de pago realizado por el seguro de Vida de la empresa Horizonte y el IAPS, es incorrecto.

El juez dice en su parte resolutiva, aparte de los procesamientos, sobreseimientos y falta de mérito a todos los implicados en la operación de pago, en su inciso 9 (lX). que se debe “Remitir copia de la presente a la Fiscalía de Estado Provincial a los fines expresados en los considerandos -recupero del pago ilegal de los beneficios-”.

El magistrado está diciendo al Fiscal de Estado Pablo Bergonzi, que debe recuperar lo abanado a los hermanos Soria, considerando que no corresponde el pago.

Explícitamente Igoldi dice: “En relación a Colace, entiendo que le corresponde igual concepto que cuando analicé su participación en el hecho de Horizonte, ya que su calidad funcional no la habilitaba a efectuar control alguno sobre el trámite, y su intervención carece del dolo necesario para el delito escogido.

En este orden, corresponderá disponer su falta de mérito y correr vista al Agente Fiscal a los fines del art. 304 del CPP.

Devolución de beneficios: Determinado, prima facie, que ambos beneficios (I.A.P.S y Horizonte) fueron abonados de manera ilegal, convirtiéndose el mismo en un pago sin causa, corresponderá requerir a la Fiscalía de Estado de Río Negro que inicie el trámite correspondiente (judicial o extrajudicial) de devolución de las sumas de dinero indebidamente abonadas a los beneficiarios -hijos de Carlos Soria-”.

Los Directores del IAPS, como lo explicó el ministro de hacienda Alejandro Palmieri en su declaración por escrito, el pago de la cobertura del IAPS, consiste en la operativa de los plazos administrativos, la regularidad del trámite, y cuáles es el monto que se debe abonar, ni más ni menos el que la ley establece: indemnización de $60.000 en caso de muerte, el doble ($120.000) cuando la misma se produjere por una causa externa en circunstancias súbitas, violentas e imprevisibles, sin concurso de la voluntad del afiliado (como el presente caso, conf. Art. 35 de la ley 4.232), y el reconocimiento de gastos de sepelio (fijado en $8.403, al momento del siniestro).

En el pago del seguro de Horizonte, la discusión se daba, por la cantidad de días que Soria fue gobernador, (osea 20), y si debía pagarse por eso días o por un mes, y lo que se abonó desde la compañía, fue más de 1.200.000 pesos, y se tendría que haber depositado, supuestamente unos 900 mil pesos.

Ahora el juez no discute eso, simplemente dice, que todo el proceso de pago es incorrecto, nulo y le pide al fiscal de Estado recuperar ese dinero.

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