Río Colorado: Por una señal comunitaria para todos y todas

(NOTI-RIO) Los Concejales del radicalismo impulsaron una ordenanza que permita un acceso gratuito a los partidos o alianzas que oficialicen candidaturas a las próximas elecciones de autoridades municipales, en la señal de televisión comunitaria que administra el Poder Ejecutivo.
La nueva norma que tendrá el acompañamiento de la totalidad de los ediles buscará establecer un nuevo régimen de asignación y distribución de los espacios para los correspondientes anuncios de campaña electoral,
Se estableció que la emisión de anuncios electorales en una misma tanda publicitaria no podrá superar los 120 segundos como máximo.
Entre los articulados, dispone que los partidos o alianzas que oficialicen candidaturas a elecciones de autoridades municipales contarán además con doce minutos semanales divididos en dos días diferentes para que sus candidatos puedan desarrollar sus propuestas de campaña y que llegue a todas las ciudadanías.
En la actualidad la señal solo retransmite la información al igual que la publicidad municipal o del organismo dependiente del estado, evitando que se difunda las propuestas de las oposiciones.
A su vez, los administrativos de la señal de televisión están incumpliendo con la ordenanza que establece la transmisión en vivo de todas las sesiones que realiza el Concejo Deliberante.
Con esta nueva ordenanza quiere establecer el nuevo procedimiento mediante el cual se determinará el tiempo total de campaña que le corresponde a cada agrupación política, así como las formas, trámites, requisitos, formatos y condiciones que se deben cumplir;
La comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes, es una actividad social de interés público, por el cual se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones sin ningún tipo de censura.
Según señala el Concejal Darío Goenaga “Resulta necesario determinar las modalidades de comunicación durante la campaña electoral, mediante una norma debatida y aprobada en el seno del Concejo Deliberante de Río Colorado. El proyecto fue enviado a todos los partidos y fuerzas políticas que hoy funcionan en la localidad y que la mayoría se presentan para competir el próximo 25 de octubre.”

PROYECTO COMPLETO:
VISTO:
la Ley Nacional Nº 26215 Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos;
La Ley Nacional Nº 26571 Ley de Democratización de los Partidos Políticos;
Los artículos Nº 26 y Nº 83 de la Constitución de la Provincia de Río Negro;
Los Artículos Nº 9 y Nº 48 de la Carta Orgánica Municipal;
originado en la presentación del bloque de la Unión Cívica Radical;

CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Río Colorado es titular de LS 82 TV CANAL 7 – SNMP:
Que oportunamente la Municipalidad de Río Colorado gestionó y logró la autorización para insertar programación local en la TELEVISIÓN PÚBLICA;
Que la radiodifusión y televisión constituyen un servicio público orientado al desarrollo integral de la comunidad, el crecimiento de sus regiones, la conformación de la identidad cultural y pleno ejercicio de la información;
Que la comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes, es una actividad social de interés público, por el cual se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones sin ningún tipo de censura;
Que los objetivos deben estar orientados al pluralismo religioso, social, cultural y étnico;
Que en este contexto, corresponde además promover el pluralismo político;
Que el Estado Municipal debe otorgar a los partidos o alianzas que oficialicen candidaturas a elecciones de autoridades municipales, espacios en la señal comunitaria para la transmisión de sus mensajes de campaña;
Que es necesario establecer un régimen de asignación y distribución de espacios para anuncios de campaña electoral en la señal comunitaria entre las agrupaciones políticas que participen de las elecciones municipales;
Que resulta conveniente establecer el procedimiento mediante el cual se determinará el tiempo total de campaña que le corresponde a cada agrupación política, así como las formas, trámites, requisitos, formatos y condiciones que se deben cumplir;
Que asimismo resulta necesario determinar las modalidades de comunicación durante la campaña electoral, mediante una norma debatida y aprobada en el seno del Consejo Deliberante de Río Colorado;
Que, sin embargo, su tratamiento debe ser puesto en conocimiento de todos los partidos y fuerzas políticas, que aún sin representación dentro del Poder Legislativo de Río Colorado, para que puedan hacer su aporte, corrección o consideración de la presente;

POR ELLO;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE RIO COLORADO
SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA

Artículo 1º: Disponer que la Señal Comunitaria proporcione a los partidos o alianzas políticas que participen de las elecciones para elegir autoridades municipales, espacios y tiempo dentro de la programación autorizada a insertar dentro de la Televisión Pública durante la campaña electoral.
Artículo 2º: Las agrupaciones políticas entregarán al responsable de la Señal Comunitaria los anuncios para su emisión en el tiempo que se les asigne dentro de la programación local autorizada a insertar en la TELEVISIÓN PÚBLICA;
Artículo 3º: El tiempo máximo de emisión de anuncios electorales en una misma tanda publicitaria no podrá superar los CIENTO VEINTE (120) segundos.
Artículo 4º: Los partidos o alianzas que oficialicen candidaturas a elecciones de autoridades municipales contarán además con doce (12) minutos semanales divididos en dos (2) días diferentes para que sus candidatos puedan desarrollar sus propuestas de campaña.
Artículo 2º: De forma.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *