Caso “Coco” Campos: Las circunstancias que rodearon al hecho, no pudieron establecerse con precisión

Los jueces de la Cámara Segunda del Crimen, hicieron lugar a la apelación que intentó la fiscalía y tras revisar lo actuado, revocaron la falta de mérito que el juez de Instrucción había dictado y procesaron a Cristian Maldonado por el femicidio de Yesica Verónica Campos.

Cumplidos los plazos procesales y reunida la prueba ordenada, el juez de Instrucción Ricardo Calcagno, había dictado la falta de mérito de Cristian Maldonado, al entender que no había elementos suficientes para sostener el procesamiento, ni tampoco correspondía eximirlo de la responsabilidad por el femicidio de Yesica Campos.

La medida fue apelada por la fiscalía y el expediente derivó al tribunal de la Cámara Segunda del Crimen para su análisis. Allí, tras revisar todos los elementos, los jueces Gregor Joos, César Lanfranchi y Marcelo Barrutia, revocaron la resolución del juez Calcagno y ordenaron el procesamiento del sospechoso de haber dado muerte a su pareja, con quien compartía provisoriamente una vivienda en El Bolsón.

Se atribuyó al encausado, un hecho que no pudo establecerse con precisión, pero que consistió en dar muerte a su pareja y madre de su hija.

El hecho ocurrió entre la hora 21:30 del 28 de diciembre de 2014 y la madrugada del día siguiente, en un lugar que no ha podido determinarse con seguridad pero situado entre la casa en la que convivían el imputado y Yésica Campos, ubicada en el Barrio Almafuerte y un predio de la toma del barrio Almafuerte del sector Loma del Medio de la localidad de El Bolsón.

Las circunstancias que rodearon al hecho, no pudieron establecerse con precisión y esas dudas permitieron al juez de Instrucción dictar una falta de mérito. El modo en que ocurrió el homicidio nunca fue aclarado, lo que si se imputó con certeza a Maldonado, es que una vez asesinada su pareja, cavó un pozo poco profundo en el que ubicó el cuerpo de la víctima, lo tapó con tierra y con ramas que cortó de un árbol y abandonó la zona, para esconderse en Córdoba.

El entonces fiscal Bernardo Campana, apeló la falta de mérito señalando que existía una serie de indicios, serios y concomitantes, que indican que Maldonado dio muerte a Yésica Campos. Habló de un contexto previo de violencia familiar y de las respuestas evasivas del acusado a las preguntas de vecinos referidas a la ausencia de su pareja y las sospechas que éstos tuvieron de que algo malo había pasado. Además de otras circunstancias que a su criterio el juez de Instrucción Calcagno había ignorado al momento de dictar la falta de mérito.

El planteo de campana encontró apoyo del fiscal de Cámara Martín Lozada, quien también reseñó que resultaba inusual que el imputado hubiera permanecido a cargo de su hija con la cual nunca había convivido. O que no hubiera en lo sucesivo intentado comunicarse con Campos, o bien con algún otro familiar próximo. O bien que no hubiera radicado una exposición policial o denuncia en relación a la desaparición de aquella.

También consideró inexplicable que el prevenido hubiera abandonado la localidad junto a su hija sin dar aviso a persona alguna.

Los jueces recordaron que al disponer la falta de mérito, el magistrado de Instrucción había anotado que no se pudo establecer la causa de muerte de Campos, ya que los estudios son concluyentes en que no se pueden determinar signos de violencia sobre los restos analizados. Concluyó que los elementos de prueba no resultan suficientes para vulnerar el estado de inocencia de Maldonado.

Los jueces reseñaron que a través de un procedimiento policial iniciado luego de que una vecina denunciara que sus perros habían aparecido llevando restos humanos, encontró el cuerpo sin vida de Campos, enterrado en un pozo de 50 centímetros de profundidad y tapado con ramas.

Quedó acreditado que el 28 de diciembre de 2014, la última vez que la víctima fue vista con vida, contó que se marcharía de regreso a Río Colorado, de donde era oriunda. A tal efecto, la investigación logró confirmar ese relevante dato con los pasajes a nombre de la mujer y de su pequeña hija. Partirían el 29 de diciembre a la mañana. Sin embargo, luego de esa hora, la pequeña fue vista por los vecinos, aunque sin su madre.

Sin embargo, la madre de la víctima continuó comunicándose al teléfono celular de su hija, recibiendo respuestas por varias semanas, indicando que todo estaba bien, que las cosas iban mejorando y que Cristian no tenía nada que ver en la demora de su regreso a Río Colorado.

Aseveraron los jueces que “Los indicios restantes, cualquiera fuere la composición que se haga, corroboran la idea de la probabilidad de que el enjuiciado sea el autor del homicidio. Si nada tuvo que ver con el resultado habría actuado de inmediato ante la desaparición, dando noticia a la policía. Pero se condujo de modo inverso”.

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