Las legisladoras de la Alianza Marta Milesi, Cristina Uría y Daniela Agostino le transmitieron hoy al presidente de la Legislatura de Río Negro, Carlos Peralta, su preocupación por la publicidad institucional que se encuentra en la página oficial del Parlamento para difundir los alcances de la Ley 4764, de adhesión al Registro Único Provincial de Adopción
También requirieron al vicegobernador Peralta que retire esa publicidad e informe cuales han sido los criterios que se han contemplado al momento de la elaboración del aviso institucional, ya que además de tener diferencias con la pauta expresaron su convencimiento que no se informa a la población sobre los beneficios que su sanción trae aparejada.
A continuación se transcribe textualmente la nota:
Sr. Presidente de la Legislatura
Provincia Rio Negro
Carlos Peralta
SU DESPACHO
Por la presente me dirijo a usted con el propósito de trasmitirle la preocupación por la publicidad institucional que se encuentra en la página oficial de la Legislatura con el fin de difundir los alcances de la Ley 4764 de adhesión al Registro Único Provincial de Adopción. Por lo que le solicitamos una audiencia a la mayor brevedad posible.
Debemos recordar que el 4 de diciembre del 2003 es sancionada en la Argentina la Ley 25.854 que crea la Dirección Nacional Del Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos y su Decreto Reglamentario 1328 /09, este Registro único nace a fines del 2005 para cumplir con la presente Ley. Con este marco legislativo mas la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas ,Niños y Adolescentes se comenzó a trabajar lo que yo llamaría el nuevo paradigma de la adopción; teniendo como correlato en la Provincia de Río Negro la Ley 3.268 del 14/1/99 y la Ley 4.109 del 17/8/06 que establece el sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
El nuevo paradigma tiene que ver con que el Instituto de la Adopción esta centrado en el interés superior del niño que es nada mas y nada menos que se cumplan todos sus derechos, señala Mary Beloff “que la protección integral es garantía de derechos fundamentales , noción en permanente búsqueda de nuevos y mejores estándares “. Me pregunto que relación existe entre estos fundamentos de las leyes madres de la iniciativa y la publicidad por usted aprobada. Además nos gustaría conocer cuales han sido los legisladores o los organismos consultados para obtener información y el visto final de la campaña de publicidad mencionada. De nuestra parte hemos informado a la Dirección Nacional del Registro Único de Adopción sobre esta realidad publicitaria.
Es importante difundir la vigencia de esta Ley que determina la posibilidad que familias rionegrinas que han decidido adoptar niñas, niños o adolescentes sepan que la provincia ha avanzado en su legislación y que en poco tiempo mas se firmará un convenio con la Nación para acceder a realizar trámites en otras provincias.
Vemos con preocupación la publicidad que se esta difundiendo por lo que además de solicitarle que la retire, requerimos nos informe cuales han sido los criterios que se han contemplado al momento de la elaboración del aviso institucional, ya que además de tener diferencias con la pauta estamos convencidos que no se informa a la población sobre los beneficios que su sanción trae aparejada.
En mi nombre y en nombre de las legisladoras Cristina Uría (ex-Ministra de Salud), Daniela Agostino (integrante del Consejo Provincial de Niñez y Adolescencia), y en mi carácter de haber sido Presidenta de la Comisión de Niñez que llevó adelante la discusión para lograr la Ley 4109 del sistema de protección integral, presidí la Comisión de Sociales que permitió lograr el proyecto 621 del 2011 que adhiere a la ley 25854 que crea el Registro Único de Aspirantes de Guarda con fines Adoptivos, y actual integrante del Consejo Provincial de Niñez y Adolescencia, es que solicito tenga a bien dar respuesta a nuestro pedido: retire la publicidad de los medios de comunicación e informe sobre los criterios aplicados.
Firmado: Legisladora Marta Milesi