(NOTI-RIO) A pesar de los años transcurridos la designación del nuevo Juez de Paz para esta localidad continua sin resolución y mostrando poco interés dentro de los partidos políticos en la búsqueda y presentaciones de los candidatos.
Hasta el momento todo se manejó puertas adentro de alguna oficina pública o en reuniones en domicilios particulares.
El pasado martes dentro de la sesión del Concejo Deliberante se conoció la nota enviada desde el STJ donde manifestó que “El recurso de amparo interpuesto por Sergio Saúl Sainges ante el juzgado nº 31 ante el juez Víctor Darío Soto, expediente 18.346 del año 2012 no suspende el envío de las solicitudes de la terna designada para ocupar el cargo de Juez de Paz”
Los distintos datos recogidos por este medio dan cuenta que dentro del ceno del Deliberativo se encuentra un currículo presentado por el vecino Facundo Rearte que se auto postuló para la nominación y se espera al menos tres presentaciones más (en la que se encuentra la ex edil Verónica Currinca) quienes pretenden que se los tengan en cuenta independientemente de las designaciones que realicen los partidos.
Mientras el bloque de la UCR tiene en su poder la documentación necesaria para la postulación de Mónica Fernández (ex secretaria de la Cámara de Comercio), aunque una de las líneas internas del mismo partido tiene en carpeta el nombre de la actual responsable del Juzgado la Juez de Paz en carácter de subrogante Dra. Secretaria Letrada Daniela Alberdi.
Mientras en el oficialismo el tema no fue tratado dentro de la Unidad Básica, pero existen nombres que ya buscan un consenso que están encabezada por Néstor Irazoqui (represéntate del sector del Poder Ejecutivo comunal) y Mariela Ibáñez (postulada por un grupo de afiliados al Justicialismo). Existieron otros nombres que estaban en danza auque ya habrían desistido de las distintas propuestas.
La terna corresponde designarla el Concejo Deliberante y en un previo acuerdo serian dos nombres por el FpV y uno de la UCR.
El capítulo cuarto de la ley orgánica del Poder Judicial regula las normas específicas a la justicia de paz. Donde algunos requisitos para ser juez de paz son:
a) Ser argentino, nativo o naturalizado, con no menos de cinco (5) años de ejercicio de la ciudadanía; b
b) ) Ser mayor de edad;
c) Tener como mínimo aprobado el ciclo secundario. El Superior Tribunal de Justicia establecerá sistemas de evaluación para los ternados a juez de paz titular o suplente;
d) Ser persona de probados antecedentes honorables.
Los jueces de paz serán designados por el Superior Tribunal de Justicia, mediante propuestas en terna de los Concejos Deliberantes de los municipios respectivos y del Poder Ejecutivo donde no existan aquéllos. Cada uno de los juzgados de paz creados contará con un juez suplente ad honorem, salvo el tiempo que estuviere a cargo del juzgado. Para la designación correspondiente, los interesados deberán reunir las mismas condiciones exigidas para los titulares, y se efectuará mediante el mismo procedimiento.
En las normas generales el Artículo 8º – Resulta incompatible con el ejercicio del cargo:
a) El comercio, profesión o empleo con excepción de la docencia e investigación conforme lo disponga la reglamentación, toda vinculación de dependencia o coparticipación con abogados, procuradores, escribanos, contadores, peritos y martilleros públicos.
b) El vínculo conyugal y el parentesco dentro del tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad respecto de los magistrados y funcionarios Judiciales de un mismo Tribunal, debiendo abandonar el cargo, el que causare la incompatibilidad.
Artículo 9º – Extensión de las incompatibilidades.
A los funcionarios de ley y empleados se les aplicarán las mismas incompatibilidades especificadas en el inciso a) del artículo precedente, salvo las excepciones contempladas y previstas en la presente y en el Reglamento Judicial.
Se exceptúa el ejercicio regular de los derechos políticos en tanto no interfiera la actividad de la administración