El cabo de la policía de Río Negro, Ceferino Muñoz en diálogo con Lo Principal asegura que él y sus compañeros detenidos no tienen nada que ver con la desaparición de Daniel Solano.
El cabo hoy está en disponibilidad, ósea con retención de servicio por estar procesado en el caso dijo, que se reunión en varias oportunidades con el secretario de Seguridad de Rio Negro Miguel Bermejo pidiéndole volver a la fuerza y que el funcionario le contestó que no podía hacer eso, porque el gobernador Alberto Weretilneck no quería.
Muñoz también comentó que habló una vez con el gobernador sobre el tema y que el mandatario le dijo que esperará, “pero la espera tiene un tiempo y mi familia necesita comer, no se puede vivir con la mitad de un sueldo, como lo hacemos hasta ahora, después de haber sido suspendido por el procesamiento”.
Para el uniformado no se investiga el caso como corresponde y afirma que Daniel Solano se fue del lugar, cree que no está muerto, “yo lo vi salir del lugar porque lo saque cuando la gente del boliche nos pidió hacerlo, porque estaba molestando a una chica”, afirmo.
El policía estaba trabajando de seguridad, prestando un servicio adicional el 5 de noviembre del 2011 y fue uno de los tres uniformados que le pidio a Solano que se alejara del lugar y que se fuera a su casa.
“Solano ese día se fue solo, es verdad que hubo un móvil policial que llego al lugar para evitar cualquier inconveniente, pero lo dejaron ir porque contesto todo lo que se le pregunto normalmente y se le pidió amablemente que se fuera a su casa, así descansaba para después ir a trabajar”, asegura Muñoz.
Carta del policía en disponibilidad
Como empleado policial que soy; la normativa me impide hacer declaraciones en los medios de comunicación; pero como ser humano y padre de familia que soy ante todas las cosas, no puedo permitir que sigan pisoteando mis derechos y los de mi familia.
El 24 de Febrero del 2012 fui desafectado de mis funciones de empleado policial por disposición del Secretario de Seguridad y “JUSTICIA” quien hace aplicación de la ley 4200; (la cual el mismo jefe de policía Ariel Gallinguer calificó como anticonstitucional por violar el principio de inocencia), utilizando como justificatorio de dicha desafectación.. “la repercusión que ha tenido la causa en los medios…” una causa en la cual todavía no estaba imputado; (o sea, me dejaron sin trabajo, sin posibilidad de emplearme en otro lado y con un 50 % de mi sueldo porque “alguien” dijo mi nombre en una radio).
Suponiendo que la ley 4200; mas allí de ser anticonstitucional esté en vigencia, la misma dice claramente que transcurridos los 120 días (4 meses) de la desafectación del empleado, el Secretario de Seguridad y Justicia deberá resolver la situación del mismo. A la fecha han transcurrido ya 350 DIAS, casi el triple de lo estipulado en la ley, casi 1 año y yo sigo esperando.
En reiteradas oportunidades hable con el señor Secretario de Seguridad y “JUSTICIA” Miguel Ángel Bermejo, quien no supo darme explicaciones, solo me dijo que legalmente correspondía que me reintegren, pero que la negativa a nuestro reintegro venia de parte del señor Gobernador Alberto de Weretilneck y que él no podía tomar decisiones contrarias a los del gobernador. O sea, me sacan mi trabajo, la mitad de mi sueldo y la posibilidad de emplearme en otro lado porque alguien dijo mi nombre en una radio, haciendo uso de una ley que viola el principio de inocencia y encima de eso no son capaces de respetar los plazos que dispone esta ley?? Eso no es abuso de autoridad??.
Hasta donde tengo conocimiento a la fecha y solo en la zona del Valle Medio hay 24 empleados policiales en la misma situación, 24 FAMILIAS esperando que al señor gobernador se le antoje acatar la ley y regresar a sus puestos de trabajo a sus padres, hijos, esposos, etc.
En lo que va de su mandato, creo haber escuchado más de una vez la palabra JUSTICIA salir de su boca; que irónico no? Seguramente después de esto tenga que abstenerme a las consecuencias, pero no puedo seguir callando, viendo como mi familia sufre.
Cabo Muñoz Ceferino Sebastián
F° 10805 D.N.I: 32.694.816