(NOTI-RIO) La convocatoria a elecciones internas para el 7 de septiembre para elegir autoridades de Unidades Básicas y congresales provinciales y la decisión de impulsar las PASO en la provincia fueron dos de las determinaciones adoptadas por el Consejo del Partido Justicialista.
El Consejo del P.J. resolvió convocar a elecciones internas para el 7 de septiembre en todas las ciudades y localidades de la provincia para elegir autoridades de unidades básicas y congresales provinciales.
PARTIDO JUSTICIALISTA DISTRITO RÍO NEGRO
CONVOCATORIA A ELECCIONES INTERNAS A CANDIDATOS A CARGOS PARTIDARIOS
El Consejo Provincial del Partido Justicialista distrito Río Negro en uso de las facultades que le confiere el articulo 37 de la Carta Orgánica Partidaria,
RESUELVE
Articulo 1°) Convocar a Elecciones internas para el 7 de septiembre de 2014 para elegir los CARGOS PARTIDARIOS en las localidad RÍO COLORADO: Dos (2) Congresales Titulares y dos (2) Congresales Suplentes, doses (12) miembros titulares a la Comisión Directiva de la Unidad Básica y doses (12) suplentes.
Articulo 2°: Aprobar a los fines del acto eleccionario el siguiente cronograma electoral:
21/07/2014 Aprobación y publicación del padrón de electores con cierre al 30/06/2014 y comienzo de periodo para ejercer reserva de color y solicitud de modelo de aval.
31/07/2014 Vencimiento del plazo de presentación de listas, candidatos y avales ante la Junta Electoral.
04/08/2014 Vencimiento del plazo de exhibición de listas y candidatos e impugnacion de los mismos.
06/08/2014 Vencimiento del plazo de reemplazo de candidatos impugnados.
08/08/2014 Oficialización de listas y candidatos.
12/08/2014 Vencimiento del plazo de presentación de modelos de boletas.
15/08/2014 Aprobación de boletas.
29/08/2014 Vencimiento del plazo de entrega de boletas para ser incorporadas en las urnas. 07/09/2014 Acto electoral para elección de Congresales y Autoridades de Unidades Básicas. 09/09/2014 Recuento definitivo.
Asimismo, se debe considerar que los avales sean certificados solo ante escribano público, juez de paz u oficial de policía.
Articulo 3°: Estarán habilitados a participar como candidatos de las elecciones internas, los afiliados al Partido Justicialista.
Articulo 4°: Estarán habilitados a suscribir avales y votar en las elecciones internas los afiliados al Partido Justicialista que se encuentren incluidos en el Padrón Electoral confeccionado por la Justicia Federal con competencia electoral en la Provincia de Río Negro.
Articulo 5°: La Junta Electoral Provincial recepcionará los avales, conforme lo establece el artículo 47° de la Carta Orgánica Partidaria, que deben dar cumplimiento las agrupaciones, según lo establece el Reglamento Electoral Partidario que se dicte al efecto.
Articulo 6°: Facultar a la Junta Electoral Provincial a dictar el reglamento electoral y a fijar en el mismo los plazos que resulten necesarios para la efectiva realización de los comicios.
Articulo 7°: Comuníquese a la Justicia Electoral Provincial, a la Junta Electoral Provincial,