La víctima del abuso fue una agente policial, y un padre e hijo menor de edad fueron sometidos a “vejaciones agravadas por el uso de violencia”.
El sargento de la policia rionegrina Mario Orlando Rosales, de 41 años recibió esta semana dos condenas por hechos que ocurrieron en Darwin y en Luis Beltrán.
En el primero de los casos, fue condenado a 3 años de prisión en suspenso por abusar sexualmente una agente policial. Y hoy recibió otra condena de años (también de ejecución condicional) más una inhabilitación de 4 años, por el delito de vejaciones agravadas por el uso de violencia. En este caso, resultaron víctimas un joven menor de edad y su padre, en la localidad de Luis Beltrán.
En el caso del abuso ocurrido en Darwin, los jueces Gastón Martín, María Evelina García Balduini y Margarita Carrasco dieron por acreditado que el sargento se bajó los pantalones y la ropa interior y acercó sus genitales al rostro de la víctima, que logró escapar y radicó la denuncia. Es misma noche intervino un medico que dejó constancia del “aliento etílico” del uniformado.
La defensa del policía argumentaba que se trató de un caso de “exhibiciones obsenas”, pero el tribunal entendió que “se ha violentado la libertad e integridad sexual de la víctima” pero sin poder “asignársele a esa acción un pretendido acceso carnal” (que pretendía la fiscalía, en grado de tentativa) pues “no hubo contacto físico entre víctima y victimario”.
El tribunal entendió que “el análisis de este tipo de hechos donde la prueba no abunda, dado que se comenten en recintos donde solo se encuentran víctima y victimario fuera del alcance de testigos, donde además no hay secuelas físicas que denoten el accionar delictivo, debe ponerse especial atención en el testimonio de la víctima, su credibilidad, coherencia y su veracidad (…) En este contexto es dable afirmar que el relato de la víctima es claro, concreto y no da margen a duda, que los hechos históricos sucedieron en la ocasión de tiempo y lugar como consta en la imputación. No se verifica fabulación, mentira o falsedades en la la testigo, resultando su relato creíble y sincero. No hay tampoco incoherencias, ni siquiera puede señalarse que exista encono contra su agresor”, concluyó el juez Martín en su voto rector.
Respecto al caso de vejaciones, la Cámara Criminal Tercera condenó al mismo uniformado como autor del delito “agravados por el uso de violencia”. Este caso sucedió el 7 de junio de 2009 en Luis Beltrán, cuando el sargento Rosales prestaba servicio en la Comisaría 19 de esa localidad.
Según informan desde el poder judicial, “el incidente comenzó en la vereda de una confitería a la cual Rosales llegó a bordo de un patrullero y aplicó violencia física y moral en perjuicio de J.M.M. y de su hijo menor de edad”, detallaron.
La Cámara, con voto rector de la jueza Verónica Rodríguez y adhesión de los jueces Fernando Sánchez Freytes y Juan Pablo Chirinos, dio por hecho que Rosales increpó al menor de edad para luego agredir a su padre, al que empujó y tiró de una moto. Luego los apuntó con su arma y dijo que “los mataría”.
En caso de quedar firmes las condenas, se deberá proceder a su unificación y, eventualmente, a la aplicación de una condena de cumplimiento efectivo.