La salud de los ríos: Magdalena Odarda presentó un recurso para proteger al Colorado

(NOTI-RIO) La senadora nacional por el Frente Progresista, Magdalena Odarda presentó en sociedad la medida judicial que involucra al Estado Nacional y a las provincias de Mendoza, Neuquén, La Pampa, Río Negro y Buenos Aires, para evitar que se continúe con la contaminación de las aguas del río Colorado.

En los próximos días con el acompañamiento de miles de firmas de los vecinos solicitaran que se obligue a los responsables a llevar adelante las acciones de remediación y las obras de saneamiento del río Colorado, fijando al efecto el respectivo plazo en que las mismas deberán cumplimentarse, imponiendo las multas y sanciones en caso de incumplimiento.

La funcionaria nacional brindo una charla debate con disertación donde se explicó los alcances la acción que luego de muchos años de reclamo de la las comunidades rivereñas intentando resguarda la salud del río.

Estuvieron acompañando a la Senadora los abogados que participaron de la conformación del amparo Ernesto Montecino, Liza Malaspina y el colaborador local, Víctor Pardo.

También el ex Edil Daniel Gasparini y Héctor Baraboglia integrantes de la mesa de trabajo, aportaron algunos elementos para sumarle a la documentación exístete sobre la complicada calidad del agua que consume la población homónima.

La medida cautelar solicitará como medida cautelar innovativa, hasta tanto recaiga sentencia definitiva en el presente expediente, se ordene a la demandada Coirco, hasta que el Estado Nacional y a las provincias que abraza el rio, la concreción de medidas apropiadas y sumamente urgente con el solo hecho de impedir nuevos vuelcos de efluentes y de residuos industriales al río Colorado, erradicando de inmediato la situación de riesgo existente y la vulneración de los derechos constitucionales afectados en relación al ambiente.

“Espero que la Justicia esta vez actué teniendo en cuenta esta problemática por la que atraviesan las distintas poblaciones. Y dejar de considerar a los ríos de cuenca receptor como lo señalan escritos de algunos funcionarios que señalan que los ríos son cuerpos recetor, de líquidos cloacales, de desechos. Y tiene que quedar en claro que ningún rio es un receptor. Los ríos son fuetes de agua dulce, fuetes de vida.” Señaló Odarda en algunos de sus pasajes.
Rápidamente un grupo de personas y jóvenes comenzaron a distribuir planillas para lograr el acompañamiento de la comunidad de Río Colorado y La Adela.

ALGUNOS DATOS APORTADOS DENTRO DE LA MEDIDA JUDICIAL
El Colorado nace en los Andes y se desplaza en dirección Oeste – Sud Este hasta el océano Atlántico.
Tiene longitud total de 850 km. Luego de dejar los Andes el río fluye por una meseta árida sin recibir afluentes, excepto por el Salado (o Curacó) desde la provincia de La Pampa.

Se trata de una cuenca que comparten cinco provincias: Mendoza, Neuquén, La Pampa, Río Negro y Buenos Aires. Esta cuenca tiene como autoridad de aplicación al denominado Comité Interjurisdiccional del río Colorado (Co.I.R.Co.) integrado por las provincias mencionadas y por la Nación, debido al carácter interjurisdiccional del recurso.

En el valle superior del río la explotación petrolera es una industria fuerte, sobre todo en la zona de Catriel (Río Negro) y 25 de Mayo (La Pampa).

Río Colorado está ubicada a unos 180 kilómetros de la desembocadura y es centro de producción agropecuaria (ganadería bobina, fruticultura en especial peras y manzanas, y horticultura).

En su curso, este río marca el límite entre las provincias de Neuquén y Mendoza primero y luego entre las provincias de Río Negro y La Pampa. Finalmente desagua al océano en la provincia de Buenos Aires.

Las aguas del río Colorado permite hoy el abastecimiento a poblaciones como Catriel y Río Colorado, el riego de unas 150.000 hectáreas, usos mineros, petroleros, recreativos, tanto como la generación hidroeléctrica.

Teniendo en cuenta la superficie involucrada y la necesidad de preservar el ecosistema del río Colorado, se requiere de las autoridades una posición firme para la protección del ambiente, se trata de conjugar la responsabilidad de quien desarrolla una actividad riesgosa -y que debe asumir su responsabilidad por los daños que produce aun cuando el clima no sea el deseado- y el derecho constitucional de todos los habitantes de gozar de un ambiente sano.

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