

En medio de acusaciones cruzadas entre el oficialismo y la oposición, el Senado sancionó por unanimidad la ley de Educación a distancia. Una vez aprobada, Juntos por el Cambio se retiró del debate virtual en rechazo al tratamiento de la Ley de Alquileres y la iniciativa que propone suspender por 180 días la inscripción de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), por considerar que no son temas vinculados con la pandemia del COVID-19. Aún así, un rato después, el bloque del Frente de Todos aprobó ambas normativas.
En un clima crispado, el Senado convirtió en ley la educación a distancia en casos excepcionales
Por unanimidad, el Senado convirtió en ley este jueves el proyecto que habilita la educación a distancia para los menores de 18 años en casos excepcionales, como la actual pandemia del Covid-19, que obligó a suspender las clases presenciales.
El debate se desarrolló en un clima tenso por las críticas de la oposición a la decisión del Frente de Todos de debatir temas no vinculados a la pandemia del Covid-19, en este caso los proyectos sobre alquileres y Sociedades de Acción Simplificada (SAS).
La iniciativa aprobada modifica el artículo 109 de la Ley 26.206 de Educación Nacional, que actualmente solo permite los estudios a distancia para mayores de 18 años y estudiantes del nivel secundario en zonas rurales.
Con la flamante ley, la educación a distancia será autorizada “cuando la escolaridad presencial -total o parcial- sea inviable” y “únicamente en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos”.
Esta excepcionalidad deberá ser declarada previamente por el Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación o con la jurisdicción según corresponda.
En ese marco, deberán adoptarse disposiciones para la reorganización pedagógica e institucional del régimen académico y de la capacitación docente.
Asimismo, tendrá que atenderse la provisión de recursos tecnológicos y conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad y la adopción de condiciones de salud y seguridad en el trabajo.
Durante el debate, senadores de todos los bloques destacaron la importancia de la ley en este contexto, aunque coincidieron en que la enseñanza presencial en las aulas es irremplazable por el vínculo que se genera entre alumnos y docentes.
La presidenta de la Comisión de Educación, Cristina López Valverde (Frente de Todos) aseguró que con esta norma se le da “un marco a las decisiones que se ha visto obligado a tomar el ministro (de Educación Nicolás) Trotta” y el presidente Alberto Fernández en cuanto a la suspensión de las clases presenciales en todo el país.
La sanjuanina señaló que en la actualidad hay una discusión sobre “educación a distancia versus educación presencial” y que, incluso, “muchos sociólogos” del ámbito “todavía se debaten cuál u otra”. Pero, en ese sentido, enfatizó que la modalidad presencial “es irremplazable” por “la comunicacion cara a cara, el aspecto emocional y el contexto que se va creando a través de los vínculos y relaciones”.
La legisladora destacó las medidas tomadas por el Ministerio de Educación y, asimismo, consideró que durante este tiempo de aislamiento obligatorio, se ha “valorado más que nunca al maestro y la capacidad didáctica que tiene”.
“Todos sabemos que si queremos una educación de calidad, esa educación tiene que dar igualdad de oportunidades y la tecnología hoy no la está dando, somos conscientes”, reconoció. Por eso, sostuvo que con esta ley “se dan las bases para alentarnos a trabajar en eso”.
Finalmente, la oficialista manifestó: “Espero que muy pronto podamos volver a las aulas, y seguramente volveremos más sabios, porque estas experiencias tan fuertes como la que estamos viviendo, y que atraviesa todos los aspectos de la vida, no pueden ser en vano”. “La escuela es una institución que más allá de los problemas que pueda tener es una institución irremplazable”, cerró.
Por su parte, Silvia Giacoppo (UCR) expresó: “Celebro este proyecto que garantiza la continuidad del derecho a la educación, uno de los derechos humanos fundamentales que el Estado debe brindarle a sus habitantes”.
“El proyecto es necesario y está dentro de la temática del Covid-19 y de la emergencia”, aclaró la jujeña, y agregó que “en estos tiempos de pandemia, debemos garantizar aun más el efectivo cumplimiento de estos derechos para los sectores más vulnerables de la población, para que esto no sea solo un canto de sirena”.
Giacoppo puso como ejemplo las comunidades indígenas, que “forman parte de los sectores más empobrecidos y más castigados por esta pandemia”.
La entrerriana Stella Maris Olalla, también de la UCR, coincidió en la importancia de “garantizar la continuidad pedagógica de nuestros niños y jóvenes para que cuando termine el aislamiento, puedan concurrir nuevamente al aula sin haber perdido el vínculo fundamental con los docentes”. “Todos sabemos que el lugar de aprendizaje por excelencia es el aula”, acotó.
Por su lado, Norma Durango (Frente de Todos) también expresó su apoyo a la norma “solo en el marco excepcional”. “No se podrá interpretar que algún pueblo, por su distancia geográfica, no merezca el esfuerzo del Estado por llevar la presencia de un docente”, remarcó.

Sin la presencia de la oposición, el Frente de Todos en el Senado sancionó la Ley de Alquileres
Sin la presencia del grueso de la oposición, que volvió a unirse y reclamar en rechazo a la agenda del oficialismo, el Frente de Todos sancionó este jueves en el Senado la Ley de Alquileres, tras un espinoso recorrido de más de tres años.
El proyecto contó también con el respaldo de los monobloquistas Alberto Weretilneck (Juntos Somos Río Negro) y Magdalena Solari Quintana (Misiones), por lo cual la votación resultó por unanimidad.
La norma había recibido media sanción de la Cámara baja en noviembre del año pasado y fue uno de los dos temas que la semana pasada no se pudo tratar, luego que Juntos por el Cambio y el interbloque Parlamentario Federal obturaran los dos tercios.
Después de que se sancionara la ley que habilita la educación a distancia, comenzó el debate sobre alquileres y sobre otro proyecto del senador Oscar Parrilli respecto a la suspensión de la inscripción de Sociedades por Acción Simplificada, pero para ese momento el grueso de la oposición se desconectó de la sesión.
Miembro informante de la iniciativa de alquileres, Ana Almirón (Frente de Todos) recordó el largo camino que tuvo este tema en el Congreso y destacó que el año pasado fue acompañado “por todos los bloques parlamentarios” en Diputados.
La presidenta de la Comisión de Legislación General señaló que a pesar de la vigencia del DNU 320/20 -sobre el congelamiento de las cuotas de alquiler, la prórroga de contratos y la prohibición de desalojos-, “siguen habiendo abusos para nuestros inqulinos y siguen habiendo desalojos violentos”.
“Esta norma supera la legislación vigente”, enfatizó la correntina, al asegurar que logra “un equilibrio” en la relación contractual y establece “un piso mínimo de garantías” para la parte más débil.
Almirón precisó que en el país, “el 17% de las familias argentinas acceden a la vivienda a través del alquiler” y “casi el 41% del ingreso familiar” se destina a los gastos que ello demanda. “Esta ley es una respuesta que están esperando más de 9 millones de argentinos. Otorga certeza, agilidad y un balance de poder para todas las partes involucradas”, agregó.
La oficialista lamentó que la oposición se haya retirado de la sesión porque “fue un logro histórico de la UCR la incorporación del artículo 14 bis a la Constitución Nacional”, el cual establece el acceso a una vivienda digna como derecho; y además porque “es una norma que ha sido impulsada en la Cámara de Diputados por un diputado de Cambiemos también” en referencia al exlegislador Daniel Lipovetzky.
El exdiputado nacional celebró la aprobación de la ley en las redes.
A su turno, la rionegrina Silvina García Larraburu, autora del primer proyecto que se votó en la Cámara alta en noviembre de 2016, destacó el trabajo que “el Frente Nacional de Inquilinos desarrolla a lo largo y ancho de todo el país”.
Recordó que tras la primera media sanción, que tuvo “un tratamiento muy rápido” en el Senado, “lamentablemente, por una decisión del expresidente Mauricio Macri, fue cajoneado (en Diputados) durante prácticamente toda su gestión”.
“Ahora lo vamos a hacer en nuestro gobierno. Vamos a legislar para ampliar derechos y garantizarle a las personas el acceso a la vivienda“, celebró y dijo que, pese a que la ley es perfectible y en el futuro “se va a mejorar”, este “es el primer paso transcendental que vamos a dar”.
Ya con la decisión de retirarse del “recinto virtual”, algunos senadores de Juntos por el Cambio y el interbloque Parlamentario Federal aprovecharon el debate sobre educación a distancia para referirse al tema de alquileres.
Uno de ellos fue el jefe del bloque Pro, Humberto Schiavoni, que afirmó que la ley significa “un avance” y le aporta “certeza y previsibilidad al sector más desprotegido”, que son los inquilinos. “Estamos de acuerdo en el espíritu y la letra del proyecto, pero nos vamos a abstener de participar en su votación porque se trata de un proyecto que está afuera de lo que habíamos acordado para estas sesiones remotas”, expresó.
Por su parte, el salteño Juan Carlos Romero consideró que “todos los actores están cubiertos” por el DNU 320/20 “que suspende cualquier abuso que pudiera haber por parte de los propietar
Qué dice la nueva Ley de Alquileres
La ley establece que la actualización del valor de los alquileres será de manera anual y no semestral, y que el ajuste se realizará según una combinación entre el índice de inflación (IPC) y el de evolución salarial (RIPTE) en partes iguales.
Según la norma aprobada, se amplía de dos a tres años el plazo mínimo de los contratos de alquiler, cualquiera sea su destino; y se regula que el pago del mes anticipado y del depósito de garantía no podrán ser mayores al equivalente a un mes de alquiler. Además, indica que el reintegro del mes de garantía deberá realizarse en efectivo al momento de la restitución del inmueble, al valor del último mes de alquiler.
El inquilino podrá proponer al menos dos alternativas de garantía, entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o una garantía personal, que podría documentarse con recibo de sueldo o certificado de ingresos.
El locador no podrá requerir una garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo en los casos donde el locatario ofrezca una garantía personal, donde el máximo será de hasta diez veces el valor del alquiler.
En los contratos de inmuebles destinados a vivienda, dentro de los tres últimos meses, cualquiera de las partes podrá convocar a la otra para acordar la renovación del contrato, en un plazo no mayor a 15 días corridos. Si el locador permanece en silencio o se niega a llegar a un acuerdo, el inquilino podrá resolver el contrato de manera anticipada sin pagar indemnización.
Si el destino del inmueble es habitacional, previo a una demanda de desalojo por falta de pago, el dueño deberá intimar al inquilino otorgando un plazo no menor a diez días corridos para el cumplimiento de la deuda, contados a partir de la recepción de la intimación.
En lo que refiere a las expensas, el propietario se hará cargo de las extraordinarias, mientras que el locatario deberá cumplir con aquellas que deriven de gastos habituales, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposición.
La ley también establece la obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la AFIP.
En cuanto a la intermediación, indica que ésta solo podrá estar a cargo de un corredor profesional matriculado. Si solo interviene un corredor, tanto el locador como el locatario deberán pagar los honorarios, “excepto pacto en contrario o protesta de alguna de las partes”.
La norma señala que el Poder Ejecutivo, a través del área competente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en formar concertada con las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, deberá realizar las acciones necesarias para fomentar el desarrollo de ámbitos de mediación y arbitraje, gratuitos o de bajo costo, aplicando métodos específicos para la resolución de conflictos derivados de la relación locativa.
Finalmente, se crea un Programa Nacional de Alquiler Social para facilitar el acceso a una vivienda digna en alquiler, con especial consideración por las personas en situación de violencia de género y adultos mayores.
