
(NOTI-RIO) La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) puso en marcha el cronograma para la segunda recategorización semestral del Monotributo. Para esta mitad del año, el trámite llega con una novedad muy esperada para el bolsillo de los trabajadores independientes: la vigencia de un nuevo plan de facilidades de pago que permite regularizar deudas fiscales acumuladas en cuotas accesibles.
A continuación, te presentamos una guía completa, práctica y en lenguaje sencillo para que sepas si tenés que hacer el trámite, cuánto vas a pagar y cómo financiar tus saldos pendientes.
¿Quiénes deben recategorizarse en este período?
El trámite no es obligatorio para todos los contribuyentes. El parámetro principal que define tu categoría son los ingresos brutos devengados (facturados) en los últimos 12 meses (desde julio de 2025 hasta junio de 2026), aunque también se consideran la energía eléctrica consumida, los alquileres y la superficie del local.
- SÍ deben realizar el trámite: Quienes hayan facturado por encima o por debajo de los límites de su categoría actual, lo que los obliga a subir o bajar en el escalafón.
- NO deben realizar gestiones: Quienes mantuvieron su nivel de facturación estable dentro de los márgenes de su categoría actual. En este caso, el sistema de ARCA mantiene la categoría de forma automática.
- Exceptuados por antigüedad: Quienes tengan menos de 6 meses de actividad en el régimen simplificado.
¡Atención con la facturación! Recordá que se computa lo devengado (es decir, la fecha en que emitiste la factura) y no lo cobrado. Si hiciste una factura en junio de 2026 pero te la pagan recién en agosto, ese monto entra obligatoriamente en el cálculo de este semestre.
Así quedaron las escalas y cuotas a partir de agosto de 2026
Con la actualización semestral del 16,8% por inflación (basada en el IPC del INDEC), los topes de facturación anual y las cuotas mensuales que regirán para cada categoría son los siguientes:
| Categoría | Límite de Ingresos Anuales | Cuota Mensual (Servicios) | Cuota Mensual (Comercios) |
| A | Hasta $12.009.410 | $49.527,18 | $49.527,18 |
| B | Hasta $17.595.182 | $56.379,00 | $56.379,00 |
| C | Hasta $24.670.494 | $66.020,00 | $64.539,00 |
| D | Hasta $30.628.651 | $84.614,00 | $82.564,00 |
| E | Hasta $36.028.231 | $119.811,00 | $108.267,00 |
| F | Hasta $45.151.659 | $150.784,00 | $129.930,00 |
| G | Hasta $53.995.798 | $230.612,00 | $158.815,00 |
| H | Hasta $81.924.660 | $522.706,00 | $317.895,00 |
| I | Hasta $91.699.761 | $963.747,00 | $474.994,00 |
| J | Hasta $105.012.519 | $1.167.299,00 | $580.793,00 |
| K | Hasta $126.610.830 | $1.614.446,02 | $702.103,00 |
Nota: El límite máximo de facturación para permanecer en el Monotributo es de $126,6 millones anuales. Quienes superen esa cifra quedarán excluidos y deberán pasar al Régimen General como Responsables Inscriptos.
Moratoria y Alivio: Plan de facilidades de pago
Para quienes tengan deudas acumuladas por cuotas impagas, ARCA reglamentó un plan especial de regularización para obligaciones vencidas al 30 de junio de 2026.
Este beneficio clave cuenta con las siguientes condiciones para los monotributistas:
- Financiación: Hasta 18 cuotas mensuales.
- Tasa de interés: Una tasa fija y muy competitiva del 2,75% mensual.
- Pago a cuenta: Se requiere un anticipo del 5% de la deuda total para consolidar el plan.
- Monto mínimo: Ninguna cuota (ni el anticipo) podrá ser menor a $50.000.
- Plazo de adhesión: El plan estará disponible en la web del organismo hasta el 30 de octubre de 2026.
El paso a paso para realizar el trámite
Tenés tiempo desde el 15 de julio hasta el 5 de agosto de 2026 para declarar tu nueva situación. El proceso se realiza de manera virtual y se resume en estos cuatro pasos:
1.Ingresar al portal de ARCA:Con clave fiscal.
Entrá al sitio oficial de ARCA, colocá tu CUIT y Clave Fiscal, y seleccioná el servicio interactivo “Monotributo”.
2.Iniciar la recategorización:Habilitado hasta el 5 de agosto.
Hacé clic en la opción “Recategorizarme”. Allí, el sistema te mostrará de forma orientativa los datos de tu facturación electrónica y consumos de tarjeta que el organismo tiene registrados.
3.Declarar los parámetros:Ingresos devengados.
Completá el formulario declarando tus ingresos acumulados de los últimos 12 meses. Recordá sumar todas las facturas emitidas en ese período, además de actualizar los datos de alquileres o luz si corresponden.
4.Confirmar categoría y descargar credencial:Vigencia desde agosto.
El sistema te indicará automáticamente cuál es tu nueva categoría. Confirmá el trámite y descargá tu nueva credencial de pago. La cuota de julio se paga con el valor anterior; los nuevos montos se debitarán o abonarán recién a partir del vencimiento de agosto de 2026.

