Nación otorga a Río Negro un anticipo financiero de hasta $25.000.000.000,

(NOTI-RIO) El gobierno de Río Negro oficializó este jueves la aprobación de un convenio con el Estado Nacional para la transferencia de un anticipo financiero de $25.000 millones. Este acuerdo, firmado el pasado 20 de noviembre por el gobernador Alberto Weretilneck y el secretario de Hacienda de la Nación, Carlos Guberman, fue publicado en el Boletín Oficial mediante el Decreto N.º 470/24.

Finalidad de los fondos

El anticipo tiene como objetivo reforzar la liquidez financiera de la provincia, permitiendo cubrir gastos esenciales e indelegables, entre ellos:

  • Pagos a proveedores.
  • Cumplimiento de obligaciones salariales.
  • Erogaciones necesarias para el funcionamiento del Estado provincial.

Esta asistencia busca garantizar la estabilidad financiera en un contexto crítico de cierre de año, donde se deben afrontar compromisos prioritarios.

Detalles del convenio

El acuerdo se enmarca en el artículo 124 de la Ley N.º 11.672, que habilita al Ministerio de Economía a otorgar anticipos financieros a las provincias sobre los impuestos coparticipables. Los términos incluyen:

  • Plazo de reintegro: El monto será devuelto en el mismo mes de su otorgamiento mediante retenciones diarias de los fondos coparticipables que recibe Río Negro, según lo dispuesto por la Ley N.º 23.548.
  • Intereses: La tasa de interés estará vinculada a la política monetaria del Banco Central de la República Argentina (BCRA) al momento del desembolso. Los intereses se calcularán diariamente y se abonarán después de la devolución del capital.
  • Supervisión: El convenio será monitoreado por organismos provinciales como la Contaduría General, la Fiscalía de Estado y la Secretaría Legal y Técnica, que ya emitieron dictámenes favorables.

Ejecución y control

El Decreto N.º 470/24 faculta al ministro de Hacienda de la provincia, G. A. Sánchez, para implementar las acciones necesarias que garanticen el cumplimiento de los términos del convenio. Asimismo, se notificará a la Legislatura provincial, en cumplimiento con el artículo 181 de la Constitución de Río Negro.

Marco normativo

El desembolso también está respaldado por el artículo 46 de la Ley de Presupuesto General de Río Negro para 2024, que autoriza al Ejecutivo a buscar fuentes de financiamiento en casos de urgencia. Según fuentes oficiales, esta medida es fundamental para evitar interrupciones en los servicios esenciales y mantener la operatividad del Estado provincial.

Importancia de la medida

El anticipo financiero llega en un momento clave para la provincia, asegurando la estabilidad económica frente a los desafíos de fin de año. La ejecución eficiente de estos fondos será crucial para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del gobierno rionegrino sin comprometer su equilibrio fiscal.

Puntos importantes del Decreto Nº 470/24:

  1. Aprobación del Convenio Marco:
    • Se aprueba el Convenio Marco firmado entre el Estado Nacional y la Provincia de Río Negro el 20 de noviembre de 2024, el cual regula un anticipo financiero transitorio.
  2. Monto del Anticipo Financiero:
    • El Estado Nacional otorga a la Provincia de Río Negro un anticipo financiero de hasta $25.000.000.000, destinado a cubrir compromisos financieros urgentes de la provincia.
  3. Condiciones del Anticipo:
    • Reintegro: El monto será reintegrado dentro del mismo mes de su otorgamiento mediante retenciones sobre los impuestos coparticipados.
    • Intereses: La tasa de interés estará basada en la tasa de política monetaria publicada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
    • Devolución del capital: Se realizará de forma diaria desde la fecha determinada por la Secretaría de Hacienda.
  4. Intervenciones y Aprobaciones Previas:
    • Participaron organismos como la Contaduría General de la Provincia, la Fiscalía de Estado y la Secretaría Legal y Técnica, garantizando el cumplimiento normativo.
  5. Ratificación Legislativa:
    • El decreto establece que debe comunicarse a la Legislatura Provincial para su conocimiento y ratificación.
  6. Facultades del Ministro de Hacienda:
    • Se otorgan facultades al Ministro de Hacienda de la provincia para ejecutar los actos necesarios para cumplir con el convenio.
  7. Fundamento Legal:
    • El decreto se dicta conforme a las facultades otorgadas por el Artículo 181, Incisos 1 y 14, de la Constitución Provincial, y en el marco de las Leyes N° 11.672 y N° 5.687.
  8. Propósito del Anticipo:
    • El objetivo es solventar gastos básicos y urgentes del Estado Provincial, asegurando la operatividad financiera.

Este decreto es clave para la gestión financiera de la Provincia de Río Negro en 2024, asegurando la disponibilidad de fondos en tiempo y forma para afrontar compromisos esenciales.

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