Acuerdo inicial para implementar las PASO en Río Negro

Río Negro avanzará en la implementación de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) para el 2015 porque un proyecto presentado en diciembre ya tiene coincidencias iniciales de parte de los bloques legislativos.

Su aprobación será en abril o mayo para comenzar rápidamente con su instrumentación, estimándose su inicial elección en el primer semestre del año pasado.

La iniciativa -que elevó el diputado oficialista y de La Campora, Martin Doñate- ya logró respaldos de las diferentes bancadas entonces se aseguró su aprobación. Igual se advierte ciertos puntos de debates, como si las PASO provinciales conformarán un proceso autónomo o, por el contrario, serán simultáneas con las nacionales.

Doñate entiende que “deberían ser simultáneas con la Nación para utilizar su experiencia y estructura”, logrando simplificar el proceso y ahorrar recursos. Aún así, el legislador explicó que ese punto no está volcado en el proyecto para permitir la discusión y una resolución entre los parlamentarios. Informó que el bloque del FpV anticipó su respaldo con su tratamiento en abril y mayo.

El titular del bloque Eva Perón, Ariel Rivero adelantó el apoyo a las PASO porque “es una herramienta válida”. La bancada radical, que preside Bautista Mendioroz, también sumará su voto favorable, más allá de cuestiones puntuales.

El primer artículo establece “el régimen de elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias como método de selección de candidatos para cargos públicos electivos provinciales” en “todos los partidos, alianzas y confederaciones”.

La convocatoria la realizará el Poder Ejecutivo con una antelación no menor a los noventa días previos a su realización. Además, se ratifica que “las agrupaciones políticas podrán prever en sus cartas orgánicas la participación de extrapartidarios en la lista de candidatos”.

Otro punto de estudio estará en el aval para presentar candidatos. El proyecto consigna que “las agrupaciones políticas podrán exigir que las precandidaturas estén avaladas por un total de afiliados no superior al uno por mil (1/1000) del total de los inscriptos en el padrón provincial, o por hasta el dos por mil (2/1000) del padrón de afiliados de la misma, el número que sea menor”.

En referencia a los plazos, las alianzas deberán constituirse 60 días antes de la elección primaria. Las listas de precandidatos se deben presentar ante la junta electoral de cada agrupación.

“Las boletas de sufragio -según el artículo 15- tendrán únicamente las características establecidas en el Artículo 154º y concordantes de la ley nº O 2431 y Artículo 38º y concordantes de la ley nacional nº 26571, excepto en los casos en que las elecciones primarias provinciales se realicen en la misma fecha que las nacionales, en cuyo caso todo lo relativo a las boletas de sufragio se regirá por la norma nacional en la materia”.

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