Casi como un reto al juez de instrucción penal, la Cámara ordenó que “reciba en legal forma la indagatoria al imputado resolviendo luego su situación procesal en el marco de la normativa vigente”.
La Cámara en lo Criminal de Viedma anuló el auto de procesamiento contra el ex vocal del Superior tribunal de Justicia, Víctor Sodero Nievas, dictado el 25 de octubre del año pasado por el juez de instrucción penal n° 2 de la ciudad, Favio Igoldi, y le devolvió la causa por “deficiencias” en la investigación.
Por otra parte, y casi como un reto, la Cámara ordenó a Igoldi que “reciba en legal forma la indagatoria al imputado resolviendo luego su situación procesal en el marco de la normativa vigente”.
“Debe señalarse finalmente que no se trató aquí de una abstención a declarar basada en que no se sentía bien de salud, sino que el imputado dijo que quería declarar pero que no se encontraba en condiciones de hacerlo. Y, si el Magistrado actuante, a pesar de contar con los certificados médicos incorporados, apreció que Sodero Nievas se encontraba en condiciones de declarar, así debió haberlo expresado, avalado además por un dictamen médico que tuviera capacidad de colocar en crisis los referidos certificados, pues esa materia (salud) le es ajena. De modo que, debió verificar que la persona llamada a indagatoria estaba en condiciones de optar o no por una abstención”, advirtió la Cámara en el fallo.
La Cámara está integrada por Carlos Reussi, y Edurardo Roumec y María Ignazi, ambos como subrogentes.