Río Colorado: Tensa negociación salarial entre gremios municipales y el Ejecutivo. Bronca del C.D.

(NOTI-RIO) Desde hace unos días el responsable del área de coordinación del Poder Ejecutivo municipal, Osvaldo Inalaf y representantes de los gremios Soyem y Ate de los empleados, comenzaron una áspera y caliente rondas de negociaciones por los futuros aumentos salariales para este año 2015.

Durante los primeros encuentros desde el ofrecimiento de la patronal fue llegar a otorgarle un 30% en cuotas que finalizaba en el mes de Julio y durante las respectivas asambleas la oferta fue rechazada abruptamente por los trabajadores, donde exigieron que la propuesta sea abonado en febrero y marzo y le otorgaron 72 hora para la repuesta, caso contrario se comienza a evaluar posibles medidas de fuerzas.

“Ellos cobran fortunas y el aumento fue todo junto, mientras que al trabajador le quieren abonar ese aumento en cómodas cuotas, sin tener en cuenta la inflación existente. Ademas queremos exigir que los que menos cobran, lleguen al monto que corresponde al salario vital y móvil, que gran parte de las personas que prestan servicios en la municipalidad, no llegan a ese monto” señaló uno de los representantes gremiales.

Mientras tanto el secretario de gobierno, Marcelo Casalla, firmó una la “Resolución N° 007/15”, que fe enviada al deliberante para que el organismo legisle y suspenda provisoriamente el aumento de los funcionarios (30 en total) que esta establecido por Carta Orgánica.

Esto molestó a los Concejales quienes se reunieron con el personal municipal para quitarse la responsabilidad de la actual situación financiera por la que atraviesa la comuna. “El aumento de los funcionarios para este año es del 30% es por Carta Orgánica y las negociaciones con los empleado y los futuros aumentos van por otro carril, donde nada tiene que ver el Concejo Deliberante. Esto es una “chicana” política del Ejecutivo que busca mal informar a la gente” contestaron los ediles.

Mientras desde el Concejo el miércoles enviaron una dura nota de repuesta al pedido, que fue dirigida al jefe comunal. NOTI-RIO en exclusiva pone a disposición del lector.

Río Colorado, 21 de enero de 2015
Sr. Carlos Pilotti
Intendente
Municipalidad de Río Colorado
De mi mayor consideración:
Me dirijo a Usted por medio de la presente a efectos de brindar respuesta a la “Nota 004/15” recibida en el Concejo Deliberante en fecha 14 de enero del corriente año, la cual ha sido suscrita por el Sr. Secretario de Gobierno, por medio de la cual se adjunta la “Resolución N° 007/15”, la cual ha sido suscrita por Usted y los integrantes de su gabinete.
En primer lugar corresponde que se le informe que no se advierte la “necesidad y urgencia” a la que se hace referencia en la resolución en cuestión, debido a que:
1) Se comprende que antes que una urgencia lo que acontece es la necesidad de desarrollar un proceso normal de acuerdos con los gremios que agrupan a los empleados municipales a fin de establecer el aumento salarial correspondiente. Esta situación no tiene nada de novedosa o urgente ya que acontece año tras año y es común a todos los ámbitos, no existiendo sucesos extraordinarios o imprevisibles que pongan en peligro la prestación de servicios por parte de la Municipalidad o generen una situación fuera de lo ordinario.
2) Tampoco puede considerarse una urgencia el aumento del salario mínimo vital y móvil establecido a partir del 1 de enero del corriente año, ya que esto se conoce desde el año pasado a través de la Resolución N° 03/2014 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Por lo tanto se trata de una situación de público conocimiento conocida con una antelación aproximada de un año.
3) Finalmente cabe señalar que el proyecto de Presupuesto para el año 2015 remitido por el Poder Ejecutivo Municipal, el cual se encuentra en tratamiento en el Concejo Deliberante y sobre el que existe el compromiso de resolver en la primera sesión ordinaria del corriente año, preveía el aumento de las dietas y retribuciones correspondiente, según dispone la Ordenanza N° 1.548/13 (aprobada por unanimidad) en consecuencia de lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal en su artículo 124.
Asimismo corresponde realizar una serie de observaciones a lo que se propone implementar mediante la resolución remitida al Concejo Deliberante:
1) La norma en cuestión, menciona expresamente en sus considerandos que no corresponde aplicar lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal e incluye en su articulado disposiciones que expresamente contradicen lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal (Título V, Capítulo I) Las disposiciones de la Carta Orgánica no pueden ser modificadas por una simple resolución u ordenanza, siendo en todo caso el mecanismo de la enmienda el único camino posible en este sentido.
No pueden sancionarse normas que expresamente contradigan la norma superior que rige, o debería regir, la organización y administración de este Municipio, ya que esto abriría la puerta a futuros reclamos judiciales de un tenor similar a los que actualmente se realizan y ganan a la Municipalidad.
2) A su vez, en este sentido, es necesario señalar que la Carta Orgánica Municipal y sus disposiciones no representan una norma ajena o imprevista para esta gestión, sino que la misma ha sido realizada y finalizada en los días previos a la asunción de las actuales autoridades.
3) Debemos señalar que se encuentran vigente las Ordenanzas N° 1.547/13 y 1.548/13.
La primera de las normas mencionadas establece que al sólo efecto de establecer la dieta del Intendente se fije como único valor del Salario Mínimo Vital y Móvil para todo el ejercicio financiero del Municipio el que se encuentre vigente al 01 de enero de cada año, con el objetivo de evitarse el incumplimiento de las disposiciones de la Carta Orgánica Municipal, y de contar con una norma que determine fehacientemente la variable que fija dietas y retribuciones de los funcionarios, en atención a que los cambios en los valores del Salario Mínimo Vital y Móvil se efectúan durante el ejercicio económico y financiero del Municipio y por momentos no se sabía exactamente cuáles se estaban aplicando.
La segunda de las normas mencionadas tuvo por objeto fijar el mínimo posible, según dispone la Carta Orgánica Municipal, del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil que determina la dieta del Intendente y por ende demás funcionarios.
Esto quiere decir que desde el Concejo Deliberante se han tomado las medidas necesarias para fijar la mayor cantidad de límites posibles a las dietas y retribuciones del intendente y los demás funcionarios, en el marco del cumplimiento de la Carta Orgánica Municipal. Más aún puede señalarse que en relación a dichos asuntos se aguardó la presentación de algún proyecto por parte del Poder Ejecutivo y al no haber recibido proyecto alguno al respecto, los mismos surgieron en el seno del Concejo Deliberante (tal como puede leerse en los considerandos de la Ordenanza N° 1.547/13).
En conclusión
1) No consideramos que exista, en razón de los argumentos expuestos, una situación “urgente”, como así tampoco que exista algún impedimento para que el Poder Ejecutivo Municipal realice las correspondientes propuestas de aumento salarial a los trabajadores y avance en la realización de los acuerdos en cuestión, y mucho menos consideramos que la solución a los inconvenientes que sea que se encuentra atravesando la municipalidad sea la que se ha propuesto (señalamos que tanto los informes brindados por la Secretaría de Hacienda o el proyecto de presupuesto remitido por el Poder Ejecutivo no reflejan tales necesidades y urgencias)
2) Consideramos que existe una seria necesidad de rever la estructura de la administración municipal ya que, como se ha señalado en otras ocasiones desde el Concejo Deliberante, existe una cantidad considerable de funcionarios y personal político enrolado en otros conceptos, que excede lo necesario. Asimismo, como se desprende claramente del debate del proyecto de presupuesto llevado a cabo en la última sesión del año pasado, se proyectaron gastos excesivos en diversas cuestiones como honorarios y costas judiciales, gastos de agasajos y otros, cuya reducción fue aceptada incluso por el propio bloque oficialista.
3) Por lo tanto estimamos que existen formas de hacer frente a las obligaciones del Municipio que deben responder a una reorganización y reasignación de prioridades evitando incumplir la Carta Orgánica Municipal, como así también que no existen impedimentos para que se realicen los acuerdos salariales necesarios con las entidades gremiales.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para saludarlo atentamente.

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