"Está vigente" el feriado por el día del empleado de comercio

Lo recordó el Ministerio de Trabajo. Los trabajadores de ese rubro están exentos de prestar tareas el día 26 de septiembre. Verificarán a través de inspecciones el cumplimiento de la norma.

El Ministerio de Trabajo ratificó hoy que tiene “plena vigencia” el día del empleado de comercio que se celebra el 26 de septiembre y que la legislación establece la asimilación de ese día “a los feriados nacionales”.

En una disposición, el Ministerio de Trabajo ratificó “la vigencia de la Ley Nº 26.541, debiendo considerarse el ‘Día del Empleado de Comercio’ como Feriado Nacional, por lo que los empleados de comercio se encuentran exentos de prestar tareas el día 26 de septiembre”.

La cartera laboral puso en conocimiento en esa misma disposición “de las representaciones empleadoras que esta Autoridad Administrativa de Trabajo procederá a verificar in situ, a través de inspecciones, el efectivo cumplimiento de la citada ley, imponiendo en caso de violación de las norma las sanciones pertinentes”.

“De lo expuesto se desprende que los trabajadores no se encuentran obligados a prestar tareas el día indicado, resultando por tanto un descanso para los empleados de comercio”, destacó la Dirección Nacional de Relaciones Laborales.

Por su parte, la Federación de Empleados de Comercio destacó que esa disposición de Trabajo se originó a raíz de que esa entidad sindical requirió la intervención de la cartera laboral a raíz del día del empleado de comercio, informó en un comunicado firmado por Armando Cavalieri y el secretario de prensa del sindicato, Angel Martínez.

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