En todo el territorio rionegrino quedará prohibida la instalación, funcionamiento o explotación de whiskerías, cabarets y boites una vez promulgada y reglamentada la ley aprobada el viernes en la Legislatura.
Entre el proyecto aprobado en primera vuelta y el que quedó sancionado la semana pasada se introdujo una relevante modificación, a instancias del Concejo Deliberante de esta capital, que otorga mayor firmeza al artículo segundo, ya que dispone la inmediata clausura y cierre definitivo de esos establecimientos restándole algunas condiciones que hacían compleja su implementación.
En la norma, de autoría de las legisladoras Susana Diéguez y Arabela Carreras, se especifica que los locales en cuestión son aquellos lugares de acceso al público en donde se realicen, toleren, promocionen, regenteen, organicen o, de cualquier modo, faciliten actos de prostitución u oferta sexual, cualquiera sea su tipo o modalidad, aquellos donde los concurrentes traten con hombres o mujeres contratados para estimular el consumo o el gasto en su compañía o en los que se obtenga provecho de la explotación de la prostitución ajena, hayan prestado o no las personas explotadas o prostituidas, su consentimiento para ello.
Se indica que serán autoridades de Aplicación, en forma conjunta y coordinada, conforme lo establezca la vía reglamentaria, el Ministerio de Gobierno, la Policía y los Municipios que adhieran. La ley incorpora el Capítulo X bis, denominado “Violación a la prohibición de whiskerías, cabarets, clubes nocturnos, boites, casas de tolerancia, saunas o establecimientos y/o locales de alterne”, y los artículos 75 bis y 75 ter que establecen sanciones con arresto de hasta sesenta días, no redimible por multa, a quienes violen la prohibición dispuesta.
También fija que si con motivo de la aplicación de la ley se realizaren procedimientos en los que se detecten personas ejerciendo la prostitución de manera voluntaria, la Autoridad de Aplicación deberá resguardar de manera integral sus derechos. Cuando éstas no pudieren acreditar su identidad y domicilio, serán tenidas como víctimas de la trata de personas, debiendo brindarle protección y contención, así como a su familia, mientras su situación es puesta en conocimiento de las autoridades judiciales y administrativas competentes.
Además, se prevé que la autoridad de aplicación realice informes periódicos y que se invite a los municipios a adherir.