20 procesamientos por la rebelión policial de diciembre del 2013

La Cámara Criminal de Viedma confirmó los procesamientos de 20 policías de Río Negro que participaron de la protesta salarial de diciembre del 2013 y revocó las medidas similares que se habían dictado para otros 11 uniformados, encuadrados en los delitos en incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos y peculado de bienes.

El tribunal de alzada diferenció la responsabilidad y la funcionalidad de los imputados. Además, no sostuvo algunos procesamientos al cuestionar la instancia de las indagatorias en la instrucción. El análisis de las conductas se corresponde con la movilización y la utilización de los patrulleros, autobombas y motos en el levantamiento policial del 8 de diciembre del 2013.

En el 2014 el juez Favio Igoldi procesó a más de 30 uniformados, pero la cámara anuló esa resolución y ordenó nuevas indagatorias. Cumplidas, el juez de primera instancia repitió los procesamientos y ahora se confirmaron mayoritariamente.

El tribunal, integrado por Carlos Reussi, Daniela Zágari y Guillermo Bustamante, revocó 11 casos, afirmando que “no se encuentran debidamente imputados los hechos” o que existen “incongruencias”. En consecuencia, plantea al juez la necesidad de “un nuevo análisis”.

Después, el voto de Reussi –que apoyan los otros dos camaristas– también diferencia por funciones y rangos a los uniformados. Por caso, aparta de culpas a cinco suboficiales del cuerpo de bomberos –los sargentos Sandro Robledo y Cristian Miguel Castro; y los cabos Carlos Bustos, Diego Molina, y Mario Andrade– al considerar que no los alcanza el supuesto de “no haber efectuado los actos correspondiente” al “mantenimiento del orden público”, la “preservación de la seguridad pública y la prevención del delito. Su misión no alcanza tales extremos”. Además libera a dos uniformados de Criminalística –sargento Leandro Juárez y el cabo Rodrigo Navarro– porque “no están obligados a efectuar prevención”.

Además, el tribunal revoca directamente el procesamiento a la subinspectora Betiana Caramilla por “falta probatorio habilitante” de su participación. También se anulan otros tres procesamientos por “incongruencia” en las pruebas.

En la evaluación de la calificación legal, el tribunal establece una clara diferenciación en los 20 procesamientos ratificados. Igoldi unificó a todos en “peculado de bienes con incumplimiento de los deberes de funcionario público”. Así, la Cámara le revocó el proceso por el delito de peculado pero mantuvo sólo por “incumplimiento de los deberes de funcionario público” en cuatro policías: la sargento Gladis García, y los cabos Carolina Rondeau, Cristian Juanchi y José Oyarzún. “En lugar de estar cumpliendo sus obligaciones legales, se encontraban en un estado ajeno al servicio policial, voluntariamente”, es decir, “estaban en contra de sus obligaciones legales”, argumentaron los jueces.

En cambio, 16 uniformados son procesados por la total de la tipificación fijada por Igoldi. En el peculado se ha afectado “bienes públicos o privados que el Estado tutela”, y “sus imputados son funcionarios públicos y han revelado un obrar doloso con el que desviaron patrulleros, bienes públicos por excelencia, de su destino específico”. Se apartaron de “sus obligaciones funcionales”. Entienden que “no debe perderse de vista las condiciones de ejercicio de autoridad de la Policía, y la subordinación a las órdenes”, concluyendo que “la responsabilidad del peculado debe recaer sobre el numerario de mayor rango presente en cada móvil”. Así, los 16 procesamientos alcanzan a los sargentos Ruben Ugarte (Ayudante) Gabriel Espinoza, Carlos Cayuleo, Luis López, Daniel Hidalgo, Carlos Sosa, Juan Calderon, Daniel Senosein, Héctor Firmapaz Rodríguez, Laureano Sayhueque, Jorge Almuna, Miguel Molina Pereyra y Carlos Gómez. También, figuran los cabos primero Leandro García, Juan Navarrete y Andrés Vasquez.

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