En Argentina ir a votar es una obligación, por lo que aquellos que no lo hagan estarán incumpliendo la ley. Claro que es posible que esté justificada esa inasistencia a las urnas, pero en ese caso deberán informar la no emisión del voto ante la Secretaría Electoral Nacional. Si así no lo hicieran, deberán pagar una multa de tan sólo $50.
Según informaron, habrá tres maneras para justificar el voto no emitido. Una de ellas será ingresar al sitio web www.electoral.gov.ar y dirigirse a la sección Registro de Infractores. Allí, deberá ingresar el número de DNI y cargar la constancia o certificado que justifique no haber votado. “La constancia deberá ser digitalizada y estar en formato pdf”, subrayaron desde la Secretaría Electoral Nacional.
La segunda alternativa será enviar por Correo Argentino, de manera gratuita, un sobre con la fotocopia del DNI y la constancia policial, el certificado médico, o la copia de pasajes de avión o colectivo (dependiendo de la situación) al siguiente destinatario: Secretaría Electoral Nacional, San Martín 189, (8500)-Viedma-R8500AFC.
Mientras que la tercera opción es digitalizar con imágenes legibles y claras el DNI y el certificado o pasaje, ya sea con un escáner o una cámara de fotos. Ese archivo, luego, deberá ser enviado al correo electrónico fviedma.secelec-reclamos@pjn.gov.ar. El plazo para justificar la no emisión del voto es de 60 días corridos (no hábiles), a partir de la fecha de la elección.
En estas PASO los únicos casos en los que el voto es optativo es en los adultos mayores de 70 años y en los adolescentes de entre 16 y 18 años. Mientras que entre los 18 y los 70 el trámite electoral es una obligación.
En caso de no votar y tampoco justificar el motivo por el cual se incurrió en esa falta cívica, el elector deberá afrontar el pago de una multa de $50.