Beneficios impositivos por $ 800 millones para productores frutícolas

Con la aprobación de los senadores se convirtió ayer en ley la Emergencia Económica para la fruticultura del valle de Río Negro y Neuquén. De esta manera, el sector recibirá beneficios impositivos importantes desde junio de 2016 hasta mayo de 2018.

Si bien no está definido el número final, estudios privados dan cuenta de que alrededor de 800 millones de pesos que debían tributar las empresas y productores en el período mencionado serán prorrogados y recién en mayo de 2018 comenzará el repago de esa deuda con plazos a definir y tasas subsidiadas.

“Para la actividad es una noticia importante teniendo en cuenta los problemas de financiamiento que está atravesando el sector”, confió el gerente de la CAFI, Marcelo Loyarte, al ser consultado por el tema.

Con esta ley el Poder Ejecutivo puede instrumentar regímenes especiales para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social que se encontrarán vencidas al momento de entrada en vigencia de la presente ley y que se hubieran devengado a partir del 10 de junio de 2016.

El escrito señala que “la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formulará convenios de facilidades de pago para la oportuna cancelación de las obligaciones a las que se refiere la presente, en base a los regímenes especiales que se dispongan. Los convenios de facilidades de pago que se instrumenten comprenderán una tasa de interés de hasta el uno por ciento (1%) mensual y abarcarán las obligaciones que se devenguen hasta el 31 de mayo de 2018”.

“Se votó y es ley, ahora esperamos que rápidamente se promulgue, se publique y se reglamente para poder acceder cuanto antes a los beneficios teniendo en cuenta la crítica situación del sector”, remarcó Loyarte.

La ley también prevé que queden suspendidas las iniciaciones de los juicios de ejecución fiscal y medidas preventivas.

Para los que facturan menos de 7 millones

Aquellos productores o empresas que en el 2016 facturaron
menos de 7 millones anuales contarán con beneficios adicionales:
Podrán incorporar a los convenios de facilidades de pago deudas por la totalidad de los períodos no prescritos.
Sobre dichas deudas devengarán un interés del 1% mensual.
También se prorrogarán los pagos hasta que finalice la Emergencia Económica (365 días, prorrogable por 365 días más),
con tasas de hasta el 1% y 90 cuotas mensuales.

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